NOTA DE REDACCION: La carta que se acompana es parte de todo el problema originado a razon de la IRRADIACION DEL ciudadano chileno Jorge Carvajal M.(Ex-Gran Maestro de la Gran Logia de Chile, Presidente de la Confederacion Masonica Interamericana y Presidente de la Confederacion de Grandes Logias Regulares del Mundo). La carta explicativa fue elaborada por el M:.R:.H:. Juan José Oyarzún, G:.M:. en ejercicio de la Gran Logia de Chile a su homologo en Colombia.
Asimismo informamos que el V.·. H.·. Marino Pizarro Pizarro asume como Ex G.·. M.·. Según Decreto N° 194/2007 del M.·. R.·. H.·. Juan José Oyarzun — Gran Maestro de la Gran Logia de Chile, a partir del 02 de Noviembre de 2007, para el período constitucional 2006 - 2010, dada la vacancia del cargo de Ex Gran Maestro, ocurrida el 19 de Octubre de 2007 e.·. v.·.
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Oriente de Santiago; Noviembre 30 de 2007 E.·. V.·.
GM - Nº196/2007
Muy Respetable Hermano
Rubén Dario Ceballos
Gran Maestro
Gran Logia de Colombia,
Muy Respetable Hermano
Rubén Dario Ceballos
Gran Maestro
Gran Logia de Colombia,
Sede Bogotá
Ref. MEDIDAS DE GRAN LOGIA DE CHILE CON
EX GRAN MAESTRO JORGE CARVAJAL M.
Muy Respetable Hermano:
Os saludamos con sincero aprecio y estimamos conveniente informar a vos y por vuestro digno intermedio, si lo estimáis pertinente, al Alto Cuerpo Masónico que presidís, de los problemas ocurridos en el seno de la Gran Logia de Chile, y de las medidas correctivas que esta Gran Maestría debió adoptar, en virtud de las facultades que le confiere la Constitución y el Reglamento General de la Gran Logia de Chile, dictando al respecto el Decreto Nº 181 del 19 de octubre de 2007, por el que se ha aplicado la medida de "Pérdida de la calidad de Miembro de la Orden Masónica" al señor Jorge Carvajal Muñoz, Ex Gran Maestro de la Gran Logia de Chile, y Grado 3º de la Respetable Logia "Franklin" Nº 27, conforme a los antecedentes de hecho y de derecho que a continuación se exponen:
Os saludamos con sincero aprecio y estimamos conveniente informar a vos y por vuestro digno intermedio, si lo estimáis pertinente, al Alto Cuerpo Masónico que presidís, de los problemas ocurridos en el seno de la Gran Logia de Chile, y de las medidas correctivas que esta Gran Maestría debió adoptar, en virtud de las facultades que le confiere la Constitución y el Reglamento General de la Gran Logia de Chile, dictando al respecto el Decreto Nº 181 del 19 de octubre de 2007, por el que se ha aplicado la medida de "Pérdida de la calidad de Miembro de la Orden Masónica" al señor Jorge Carvajal Muñoz, Ex Gran Maestro de la Gran Logia de Chile, y Grado 3º de la Respetable Logia "Franklin" Nº 27, conforme a los antecedentes de hecho y de derecho que a continuación se exponen:
1. ANTECEDENTES GENERALES DE HECHOS Y DE DERECHO:
1.1 La Universidad La República (ULARE) fue fundada en 1988 como obra de acción masónica externa particular, por un grupo de 97 Miembros de distintas Logias de la Gran Logia de Chile. Nunca ha existido vínculo orgánico o jurídico alguno
entre la Gran Logia de Chile y la Universidad La República.
entre la Gran Logia de Chile y la Universidad La República.
1.2 Don Jorge Carvajal Muñoz fue designado Rector de la Universidad La República en 1994, y en 1998 fue elegido Gran Maestro de la Gran Logia de Chile. Desde aquel año y hasta el término de su mandato en la Gran Logia en Junio de 2006, el señor Carvajal desempeñó simultáneamente los cargos de Gran Maestro de la Gran Logia de Chile, Presidente del Directorio del Club de la República y Rector de la Universidad La República.
1.3 A pesar de que la Corporación "Club de la República" es una persona jurídica de derecho privado independiente de la Corporación "Universidad La República", el Rector Jorge Carvajal M., a la sazón también Gran Maestro de la Gran Logia de
Chile, sostenía que existía una relación de origen entre la Universidad y el Club de la República, argumento que usó para obtener que un banco privado aprobara una operación financiera con la garantía de una carta de resguardo otorgada por el Club de la República, invocando disposiciones exclusivas de los Estatutos de la Corporación "Universidad La República", que establecían que para ser socio de la Universidad, se exigía ser miembro activo de una Logia de la Gran Logia de Chile.
Chile, sostenía que existía una relación de origen entre la Universidad y el Club de la República, argumento que usó para obtener que un banco privado aprobara una operación financiera con la garantía de una carta de resguardo otorgada por el Club de la República, invocando disposiciones exclusivas de los Estatutos de la Corporación "Universidad La República", que establecían que para ser socio de la Universidad, se exigía ser miembro activo de una Logia de la Gran Logia de Chile.
1.4 El 1 de octubre de 2007, el Directorio del Club de la República rechazó la ratificación de un acuerdo anterior, adoptado en sesión del 29 de mayo de 2006, respecto del otorgamiento por parte de dicha institución a un banco privado de un documento denominado comfort letter a favor de la Universidad La República para efecto de posibilitar que la referida entidad bancaria concediera a dicha institución un préstamo en Unidades de Fomento, equivalente aproximadamente a Cinco millones de dólares americanos (U. S. $ 5.000.000).
El citado rechazo tiene los fundamentos siguientes:
(a) La aprobación de la comfort letter se solicitó a los entonces Directores sin que se les hubiera entregado información que conocían los solicitantes señores Jorge Carvajal Muñoz como Rector y Jorge Ormeño Fuenzalida como Fiscal de la
Universidad La República, omitiendo la naturaleza de dicho documento como instrumento de compromiso de pago a obligaciones de la Universidad La República, lo que había sido comunicado por el banco en fecha anterior. Muy por el contrario, las personas citadas informaron que el documento solicitado solo constituía un mero respaldo informal, sin
efectos financieros para el Club de la República.
(b) Que la referida comfort letter fue extendida con fecha 30 de mayo de 2006 por el entonces Presidente del Directorio señor Jorge Carvajal Muñoz, y refrendada por el Tesorero del mismo, señor Exequiel Bustamante Moraga, a quien no se
informó debidamente del alcance del documento, y excediendo los términos de lo autorizado por el Directorio del Club de la República.
Universidad La República, omitiendo la naturaleza de dicho documento como instrumento de compromiso de pago a obligaciones de la Universidad La República, lo que había sido comunicado por el banco en fecha anterior. Muy por el contrario, las personas citadas informaron que el documento solicitado solo constituía un mero respaldo informal, sin
efectos financieros para el Club de la República.
(b) Que la referida comfort letter fue extendida con fecha 30 de mayo de 2006 por el entonces Presidente del Directorio señor Jorge Carvajal Muñoz, y refrendada por el Tesorero del mismo, señor Exequiel Bustamante Moraga, a quien no se
informó debidamente del alcance del documento, y excediendo los términos de lo autorizado por el Directorio del Club de la República.
(c) Que el párrafo (b) de la comfort letter otorgada por los Presidente y Tesorero, excede largamente, en sus términos, lo acordado por el Directorio del Club de la República, entidad que no fue informada del tenor de dicho documento, lo que configura un claro desacato al Gobierno Simbólico.
1.5 Que los hechos y circunstancias del numeral precedente beneficiaron directamente los intereses de la "Universidad La República", la que obtuvo financiamiento para sus actividades propias, con riesgo para el patrimonio del Club de la República y comprometió seriamente la capacidad crediticia de la Orden Masónica y sus instituciones relacionadas.
2 CONCLUSIONES:
Analizados los hechos y circunstancias descritas quedaron de manifiesto que:
2.1. Aparecen directas responsabilidades no asumidas por don Jorge Carvajal Muñoz, Ex Presidente del Directorio del Club de la República y Ex Gran Maestro de la Gran Logia de Chile, quien en estos eventos ofició además como Rector de la Universidad La República privilegiando esta calidad e intereses asociados, sin salvaguardar debidamente el patrimonio ni el prestigio de la Orden y el pertinente abuso y conflicto de intereses resultante del ejercicio conjunto de éstos cargos.
2.2. En la refrendación de la comfort letter emitida por el entonces Tesorero del Club de la República y Gran Tesorero de la Gran Logia de Chile señor Exequiel Bustamante Moraga, ella se obtuvo sin haberle informado adecuadamente de la naturaleza y efectos del documento suscrito, haciendo aprovechamiento de su buena fe y de la confianza que naturalmente depositó en la máxima autoridad de la Orden Masónica, lo que constituye un delito de lesa fraternidad.
2.3. Los hechos descritos constituyen una falta grave a la probidad, honorabilidad y honradez extraordinaria que debe observar todo miembro de la Orden, y muy en particular aquellos que ejercen funciones superiores, a quienes está encomendada de manera especial la dignidad y el decoro con que se adorna el prestigio de toda institución, como asimismo, el debido resguardo de los emolumentos que con esfuerzo y responsabilidad erogan regularmente los miembros activos de la Orden.
2.4. Que en razón de nuestro cargo y responsabilidades inherentes, y desde su más íntima convicción masónica, el Gran Maestro debe cumplir la insoslayable misión de hacer justicia, restablecer la moral de los masones de Chile y reorientar los destinos institucionales en el orden que nos identifica y engrandece, llevando a efecto el debido proceso para el que le faculta la Constitución Masónica y su Reglamento General de la Gran Logia de Chile.
Dada la situación descrita, se convocó a don Jorge Carvajal Muñoz, invitándole a retirarse temporal y voluntariamente de la Orden, a lo cual se negó categóricamente. Ante su negativa, el Gran Maestro que suscribe no tuvo otra alternativa que decretar su separación forzosa de la Orden, con el debido proceso correspondiente al Artículo 7.3 (b) de la Constitución Masónica de la Gran Logia de Chile, dictando al efecto el Decreto Nº 181, con la medida señalada en los párrafos iniciales de esta comunicación.
Muy Respetable Hermano: la resolución que hemos debido adoptar en defensa del prestigio de la Gran Logia de Chile y de su patrimonio, ha sido especialmente sentida por tratarse de un Ex Gran Maestro.
Una evidente mayoría de los masones chilenos, a través de sus genuinos representantes respaldaron nuestro proceder en la Asamblea General de la Gran Logia celebrada el 27 de octubre último, como asimismo el Consejo de la Gran Logia y a
través de innumerables y espontáneas expresiones de apoyo y solidaridad recibidas y que se continúan recibiendo.
Os aseguramos, Muy Respetable Hermano, con la franqueza y lealtad que nos debemos los masones, que la Masonería chilena ha salido fortalecida de este lamentable episodio, y que su sólida y tradicional unidad no ha sufrido menoscabo alguno, lo que el tiempo nos permitirá corroborar.
Os saludamos con categórica expresión de real estima, vuestro invariable Hermano.
Juan José Oyarzún
GRAN MAESTRO
GRAN LOGIA DE CHILE