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Vall.•. de La Plata,
Oriente de la República Argentina
Abril de 6.011 e.•.m.•.



“Las mujeres irregulares de Anderson”






PERFECCIONAMIENTO Y TRADICION:


Debo decir, somos Masonas, pertenecemos a una Institución que se precia de tener un rol social importante, cuya forma y estructura están arraigadas fuertemente en una tradición.

La tarea iniciática, con su símbolos, leguaje, ritos, métodos y principios, son pautas de comportamiento aprendidas y transmitidas de generación en generación, que un colectivo determinado extrae de lo mas representativo y particular de su sistema de creencias, los cuales lenta y prudentemente se incorporan al mismo.

El objetivo se haya en alcanzar el perfeccionamiento de nuestro Yo interior, en busca de nuestra Piedra Cubica, que solo se logra superando los apriorismos sobre los que se asienta nuestro Yo Profano.

En apariencia, una contradicción.

¿Como resolver la antinomia perfeccionamiento como sinónimo de dinámica evolución y tradición como obsoleta concepción estática?

Es en el proceso dialéctico que se realiza a partir de la interpretación del término “Tradición” y se halla el producto en el término “transmisión” y su dinámica.

“Son nuevas realidades las que se trasmiten, fundiéndose el pasado y el presente, enriquecen nuestro futuro”.

“La Tradición”, no se halla en controversia con la dinámica de permutación y perfeccionamiento, si se entiende como la síntesis entre la institución y su entorno, su realidad ubicada en un tiempo y espacio determinado.


En cambio, entendida “la Tradición”, como letra muerta, estática y anacrónica, ajena esencialmente a la Masonería, es la que no obstante pareciera querer involucrarnos por defecto, particularmente a las mujeres.
Y digo “pareciera”, porque en términos aristotélicos, las apariencias “son y no son a la vez”.

La “Tradición” no nos involucra a las mujeres en la Masonería, si nos dejamos llevar por una premisa falsa: “las Constituciones de Anderson”.

Editada el año Masónico de 5.723 (1.723 E.•.V.•.), en su Sección Primera, los pastores protestante James Anderson y Jean Théophile Désaguliers, desmenuzan la cronología masónica desde el año 4.000 a.C. hasta 1723 de nuestra era. Se había fundado en 1717 la Gran Logia de Londres, que se autoerige en fuente y origen de la “regularidad” masónica aunque irregular en si misma, por su origen cismático.

En su Sección Segunda, que trata de las Obligaciones de un Francmasón, versa: “los candidatos admitidos como miembros de la Logia, deben ser buenos y leales, nacidos libres, de edad madura y discreta, no esclavos, ni mujeres, no inmorales o escandalosos sino de excelente reputación".

No obstante la inclusión de las mujeres en los Gremios de Constructores, en tiempos de la Masonería Operativa, según consta en escritos medievales que hacen referencia a la construcción de los grandes templos de Estrasburgo o Magdeburgo, quedábamos excluidas.

Pero ya los Masones Operativos de la época, decían que aquello no era realmente “Masonry” sino “Andersonry”.

En el “York“ Manuscript No. 4, en su versión inglesa, uno de los Old Charges (Antiguos Deberes) de la Masonería Operativa actualmente en poder de la Grand Lodge of York, aparece la siguiente frase:

“... the Elders taking the Booke, hee or shee (sic) that is to be made Mason shall lay their hands thereon, and the charge shall be given.“

Cuya traducción es:

“... habiendo tomado el Libro los Ancianos, aquél o aquella (sic) que será hecho Masón colocará sus manos sobre el mismo, y el deber será dado.”


También en el “Huddlestone“ MS., derivado de la rama de de los manuscritos “Colne” de los llamados Old Charges masónicos, en su segunda parte titulada “Orders to be Observed and Performed by the Company of Masons” en las instrucciones para prestar juramento se lee textualmente :

“... that He, or She, who is to be made free...“

Frase que, se traduce como “... Aquél, o Aquella, que será hecho libre ...”

No podemos dejar de considerar que la Masonería Operativa, no obstante ser mas antigua, se diferencia de la Especulativa, la cual introduce componentes iniciáticos de influencia hermética y alquímica, como tampoco debemos ignorar, que no solo existen las Constituciones de Anderson y los Landmarks de Mackey, sino que también existen los Landmarks de Mac Bride, los de Pound, los de Pike, los de Lecerff, Grant de Louisville, y Lawrence, los cuales algunos son comunes entre si, otros difieren y/o se contradicen, y son solo unos pocos ejemplos que demuestran que “la Tradición”, no es tan “regular” como dicen que es.

La “regularidad” de 1723 hacia referencia a la mujer carente de libertad, derechos, independencia económica, ingreso a la educación, intelectualmente nula, físicamente inepta, rechazada en todas las actividades económicas, políticas y sociales que permitieran debates o poder de decisión. Lo contrario constituiría una “irregularidad”, donde los argumentos de antaño carecen de valor.

Existen Constituciones que simplemente no nos competen, no tienen incidencia, son irrelevantes, las “que son para algunos y no son para muchos”

Es la libre elección que tenemos los seres humanos, sin distinción de genero y principio fundamental de nuestra Universal Orden.

Un domingo 14 de Enero de 1882, se iniciaba la primera mujer en la Masonería de la era moderna. En la Logia "Les Libres Penseurs", María Deraismes, pronunciaba su discurso, cuyos fragmentos finales transcribo pues tienen la impronta de una eterna enseñanza:

“……No es prerrogativa del hombre distribuir los roles, puesto que no ha distribuido las facultades. "

Se extravía extremamente, como si fuera el Creador…

…Permitidme añadir una palabra más para terminar. Podemos soportar que la francmasonería ortodoxa nos prohíba todavía durante algún tiempo, la entrada en sus templos y que continúe considerándonos como profanas. Esto no va a conmocionarnos. Trabajaremos activamente para que corrija su error.


En resumen, lo que se dice en la francmasonería ortodoxa es lo mismo que se dice aquí: estamos aquí y aquí nos quedaremos".




R:.H:. Stella Maris Skarp

V.•.M.•.
R.•.L.•.S.•.F.•. Apodíctica La Plata Nº 20
Gran Logia Constitucional del Perú
Oriente de la Rep.•. Argentina

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