GRAN LOGIA DEL CENTRO DEL PERU, DESIGNA COMO MIEMBRO HONORARIO PREEMINENTE AL M:.R:.H:. JULIO CARLOS PACHECO GIRON Gran Maestro de la Gran Logia Constitucional del Peru por el gran logro de haber contribuido a la Promulgación del D:.S:. que declara el 27 de Julio de cada año DÍA DE LA MASONERÍA EN EL PERÚ
miércoles, noviembre 30, 2011
R:.H:. MARINO DE ARMAS: LA MASONERIA ESPAÑOLA Y LA CUBANA DE HOY
miércoles, noviembre 30, 2011
Escribe: R:.H:. Marino de Armas 33º.
R:.L:.S:. Añaza - Islas Canarias - España.
Los Abakua, nombre por el que se conoce popularmente en Cuba a una sociedad secreta masculina única de su tipo en el continente americano. Según el No. 5 dela Gaceta de Cuba de 1998, en artículo realizado por el investigador Tato Quiñones se dio a conocer la acción armada que realizaron, en la víspera del 27 de noviembre de 1871 miembros de la fraternidad Abakúa para impedir que fusilaran a los jóvenes estudiantes de medicina, esta acción fracasa costándoles la vida a todos los sublevados por el cuerpo de voluntarios del ejército español. Al indagar referente al concepto de Hombre, expresaron:
R:.L:.S:. Añaza - Islas Canarias - España.
Los Abakua, nombre por el que se conoce popularmente en Cuba a una sociedad secreta masculina única de su tipo en el continente americano. Según el No. 5 de
"Hombre es aquel que refleja la mas pura dignidad del ser humano como laborioso, fraterno, alegre, rebelde ante la injusticia, cumplidor del código moral establecido por los antepasados formadores del Abakua; es aquel que es buen padre, buen hijo, buen hermano y buen amigo".
DOLOR DOLOR DOLOR
miércoles, noviembre 30, 2011
LA GRAN LOGIA CONSTITUCIONAL DEL PERÚ
, TIENE EL PENOSO DEBER DE COMUNICAR EL SENSIBLE FALLECIMIENTO DEL
SEÑOR: JORGE LUIS HELFER CARCAMO
ACAECIDO EL DIA MARTES 29 DE NOVIEMBRE DEL 2011 E:.V:.
QUIEN FUERA PADRE POLÍTICO DE NUESTRO
Q:.H:.CARLOS REYNA GONZALES,
MIEMBRO DE LA
R:.L:.S:. ARMONÍA ESCOCESA FRANCO PERUANA Nº 8
LAS EXEQUIAS DE LOS RESTOS SE REALIZARAN
EL DIA 30 DE NOVIEMBRE A LAS 12 HORAS DEL MEDIO DIA
EN EL CEMENTERIO BAQUIJANO DEL CALLAO
HACIENDO EXTENSIVO NUESTRO PROFUNDA CONGOJA
A NUESTRO Q:.H_- CARLOS REYNA
LIMA 30 NOVIEMBRE DEL 2011 E:.V:.
OFICINA DE COMUNICACIONES
GRAN LOGIA CONSTITUCIONAL
DEL PERU
GRAN LOGIA DEL CENTRO DEL PERU DISTINGUE A ESCRITOR MASONICO M:.R:.H:. Javier Agüero Vega
martes, noviembre 29, 2011
M:.R:.H:. JAVIER AGUERO VEGA
El M:.R:.H:. Abel Rodrigo Vega Vega, Gran Maestro de la Gran Logia del Centro del Perú, en mérito al Decreto N° 040-8-2011-GLC-Perú, del 3 de Noviembre del presente ha concedido calidad de Miembro Honorario al M:.R:.H:. Javier Agüero Vega, en mérito a ser un escritor masónico que viene desempeñando una proficua labor en bien general de la Orden, con la incesante búsqueda de la verdad, en especial, sobre los lamentables sucesos que dividieron a la masonería peruana, tal cual puede apreciarse en su ya famoso libro LA DECADA DECADENTE.
Fue en la ceremonia de asunción del Gran Mallete Regulador celebrada el pasado sábado 19 de Noviembre en la ciudad de Huancayo, cuando el nuevo Gran Maestro, M:.R:.H:. Abel Rodrigo Vega Vega, entregó el diploma correspondiente al reconocido escritor peruano, autor también de los afamados títulos “Cámara de Reflexiones” y “Entre Columnas” los mismos que desde 1980 vienen siendo manuales obligatorios de instrucción masónica. Igualmente le fue impuesto al M:.R:.H:. Javier Agüero Vega, el pin correspondiente en su calidad de Miembro Honorario.
Al hacer uso de la palabra tanto en el templo como en la continuación de los trabajos, el M:.R:.H:. Javier Agüero señaló con precisión que aquellos equivocados hermanos que pretenden irrogarse el falso privilegio de ser los únicos regulares en el país, son precisamente los UNICOS IRREGULARES al haber renunciado el 5 de Mayo de 1998 a la herencia, no muy prístina de la Gran Logia del Perú, al haber aceptado como “curador,” cargo inexistente en la jurisprudencia masónica mundial, a un profano con mandil elegido por tres grandes irradiados y nombrado por un juez profano.
Más allá de los gustos o preferencias, es un hecho que el último Gran Maestro de la Gran Logia del Perú debidamente elegido y regularmente instalado es el M:.R:.H:. Arturo Rivera del Piélago, quien detenta aún el Gran Mallete Regulador.GRAN LOGIA CONSTITUCIONAL DEL PERU: FELIZ III ANIVERSARIO R:.L:.S:. LUZ DEL ORIENTE Nº 5 DEL VALLE DE CHANCHAMAYO
martes, noviembre 29, 2011
FELIZ III ANIVERSARIO
R:.L:.S:. LUZ DEL ORIENTE Nº 5
Reciban en vuestro Aniversario los saludos fraternos del
G:.M:. JULIO CARLOS PACHECO GIRON 33º
GRAN LOGIA CONSTITUCIONAL DEL PERU
De las DD:., OO:., RR:.HH:. y QQ:.HH:. de los diferentes Talleres
Jurisdiccionados a Nuestro Oriente.
Rogamos al G:.A:.D:.U:. os ilumine y bendiga.
T:.A:.F:.
R:.H:. JOSE ABRAHAM JORGE ZARATE 33º
Gran Canciller.
FELIZ III ANIVERSARIO R:.L:.S:. LUZ DEL ORIENTE Nº 5 DEL VALLE DE CHANCHAMAYO
martes, noviembre 29, 2011
FELIZ III ANIVERSARIO
R:.L:.S:. LUZ DEL ORIENTE Nº 5
Reciban en vuestro Aniversario
los saludos fraternos a nombre del
V:.M:. JOSE ABRAHAM JORGE ZARATE
1ER.VIG:. LORENZO POVES REQUENA
2DO.VIG:. HERBERT ORE BELSUZARRI
De los OO:. RR:.HH:. y QQ:.HH:. de la P :.F:.C:.L:.B:.R:.L:.S:. Fenix 137-1
Pedimos al G:.A::D:.U:. os ilumine y bendiga.
T:.A:.F:.
V:.M:. JOSE ABRAHAM JORGE ZARATE
P:.F:.C:.L:.B:.R:.L:.S:. Fenix 137-1
CANDIDATURA DE LOS RR:HH:.Marco Antonio Garcés Morales y Augusto Enrique Mouchard Ramírez
martes, noviembre 29, 2011
NOTA DE REDACCION:-FENIX NEWS PUBLICARA LAS NOTICIAS DE LAS CANDIDATURAS DE LAS ELECCIONES A LA GRAN MAESTRIA Y VICE GRAN MAESTRIA DE LA GRAN LOGIA DEL PERU, POR TRATARSE DE OCURRENCIAS DE IMPORTANCIA EN LA VIDA MASONICA NACIONAL.
NUESTRA MISION ES INFORMAR CON OBJETIVIDAD E IMPARCIALIDAD Y A ELLO NOS DEBEMOS POR RESPETO A NUESTROS LECTORES.
CANDIDATURA DE LOS RR HH Marco Antonio Garcés Morales
y Augusto Enrique Mouchard Ramírez
A TODOS LOS QUE LA PRESENTE VIEREN
EN NOMBRE DEL DIOS ETERNO
S:. F:. U:.
PRONUNCIAMIENTOPuesto que el presente mes de octubre, de acuerdo a lo establecido en nuestros Ordenamientos, el MRH Víctor Ravines Alfaro, GrM de MMdel Perú, debe promulgar el Decreto de convocatoria de Elecciones para renovar a nuestras más Altas Autoridades,
... LOS ABAJO FIRMANTES, MM MM, regulares activos, con espíritu sereno y conocedores de las maneras poco masónicas en las que se han desarrollado los últimos Procesos Electorales, consideramos oportuno y necesario, volver a las formas tradicionales y no exponernos a caer en el facilismo de las “Campañas Electorales” como si fueran Campañas Políticas. Por todo lo aquí expuesto creemos que los Candidatos deben ser PROPUESTOS POR SUS MÉRITOS;
Creemos que quienes deban ser nuestros Candidatos deben estar respaldados por méritos tanto Masónicos como extra-Logiales, estos últimos resultan ser mucho más importantes por cuanto dentro de la Orden, los MM MM por su experiencia, por sus conocimientos de los trajines de Gran Logia, por sus años de vida masónica y el cumplimiento de sus deberes masónicos en los diferentes cargos y Grandes Comisiones, los MM MM, sabemos Quién es QUIËN, dentro de la Institución, por eso es importante y necesario que nos informemos de los logros obtenidos en sus vidas EXTRA LOGIALES.
RR HHMarco Antonio Garcés Morales y Augusto Enrique Mouchard Ramírez, antes de dirigiros la presente Propuesta para que seáis NUESTROS CANDIDATOS en el Presente Proceso Electoral ad portas, nos hemos tomado la libertad de indagar sobre vuestras trayectorias profanas: vuestras dotes personales, Familiares, Profesionales y vuestro espíritu de servicio en bien de la sociedad, etc.
Por las cualidades que os adornan, que son más de los requerimientos que nos habíamos planteado, estamos convencidos que serán muchos más los HH que se adhieran a nuestra Propuesta, y consideramos que por vuestros méritos y vuestra proverbial transparencia, podéis contar con nuestro respaldo y apoyo decididos.
Vall de Lima, 17 de Octubre del 2011, ev
EN NOMBRE DEL DIOS ETERNO
S:. F:. U:.
PRONUNCIAMIENTOPuesto que el presente mes de octubre, de acuerdo a lo establecido en nuestros Ordenamientos, el MRH Víctor Ravines Alfaro, GrM de MMdel Perú, debe promulgar el Decreto de convocatoria de Elecciones para renovar a nuestras más Altas Autoridades,
... LOS ABAJO FIRMANTES, MM MM, regulares activos, con espíritu sereno y conocedores de las maneras poco masónicas en las que se han desarrollado los últimos Procesos Electorales, consideramos oportuno y necesario, volver a las formas tradicionales y no exponernos a caer en el facilismo de las “Campañas Electorales” como si fueran Campañas Políticas. Por todo lo aquí expuesto creemos que los Candidatos deben ser PROPUESTOS POR SUS MÉRITOS;
Creemos que quienes deban ser nuestros Candidatos deben estar respaldados por méritos tanto Masónicos como extra-Logiales, estos últimos resultan ser mucho más importantes por cuanto dentro de la Orden, los MM MM por su experiencia, por sus conocimientos de los trajines de Gran Logia, por sus años de vida masónica y el cumplimiento de sus deberes masónicos en los diferentes cargos y Grandes Comisiones, los MM MM, sabemos Quién es QUIËN, dentro de la Institución, por eso es importante y necesario que nos informemos de los logros obtenidos en sus vidas EXTRA LOGIALES.
RR HHMarco Antonio Garcés Morales y Augusto Enrique Mouchard Ramírez, antes de dirigiros la presente Propuesta para que seáis NUESTROS CANDIDATOS en el Presente Proceso Electoral ad portas, nos hemos tomado la libertad de indagar sobre vuestras trayectorias profanas: vuestras dotes personales, Familiares, Profesionales y vuestro espíritu de servicio en bien de la sociedad, etc.
Por las cualidades que os adornan, que son más de los requerimientos que nos habíamos planteado, estamos convencidos que serán muchos más los HH que se adhieran a nuestra Propuesta, y consideramos que por vuestros méritos y vuestra proverbial transparencia, podéis contar con nuestro respaldo y apoyo decididos.
Vall de Lima, 17 de Octubre del 2011, ev
UN DIA HACE UN AÑO
martes, noviembre 29, 2011
Fénix News:- Hoy hace un año que recibimos los artículos y colaboraciones del Q:.H:.Herbert Ore Belzusarri, el tiempo ha pasado volando, desde aquella colaboración titulada “MI INICIACION” pero sus artículos han quedado grabados en la retina de los dos millones de lectores y asiduos a nuestra página, queremos los editores agradecer la continua colaboración de nuestro Q:.H:.Herbert e invitarlo a que desde su columna de todos los viernes nos siga deleitando con sus hermosos trabajos. ENHORABUENA Y A SEGUIR TRABAJANDO
EPISTEME Y DOXA ·"APLICANDO LAS HERRAMIENTAS"
lunes, noviembre 28, 2011
EPISTEME Y DOXA
*por Prof. Lic. Stella Maris Skarp

" Aplicando las Herramientas ”
CONOCIMIENTO:
"Vengo desde el ayer, desde el período oscuro y olvidado, con las manos atadas por el tiempo, con la boca sellada desde épocas remotas; vengo cargada de dolores antiguos, recogidos por siglos, arrastrando cadenas largas e indestructibles. Vengo desde la oscuridad del pozo del olvido, con el silencio a cuestas, con el miedo ancentral, que ha corroído mi alma desde el principio de los tiempos. Vengo de ser esclava por milenios [...] sometida al deseo de mi raptor en Persia, esclavizada en Gracia por el poder romano, convertida en Vestal en las tierras de Egipto, ofrecida a los "dioses", vendida en el disierto o canjeada como una mercancía. Vengo de ser apredreada como adúltera, en las calles de Jerusalén por una turba de hipócritas pecadores de todas las especies, que clamaban al cielo mi castigo. He sido mutilada en muchos pueblos para privar a mi cuerpo de placeres y convertida en animal de carga [...] y paridora de la especie. Me han violado sin límites en todos los rincones del planeta, sin que cuente mi edad madura o tierna o importe mi color o mi estatura. Debí servir ayer a los "Señores", prestarme a sus deseos [...] de unos y de otros siempre esclava y dependiente, menor de edad en todos los asuntos, invisible en la historia mas lejana y olvidada en la historia mas reciente. Yo no tuve la luz del alfabeto, durante largos siglos aboné con mis lágrimas la tierra, que debí cultivar desde mi infancia. He recorrido el mundo en millares de vidas [...] he conocido a todos los hombres del planeta, los grandes y pequeños, los bravos y cobardes, los viles, los honestos, los buenos, los terribles. Mas casi todos llevan la marca de los tiempos. Unos manejan vidas como amos y señores, asfixian, aprisionan y aniquilan, otros dejan almas, comercian con ideas, asustan y seducen, manipulan y oprimen. Yo los conozco a todos [...] He recorrido todos los caminos, he arañado paredes, he ensayado silencios, tratando de cumplir con el mandato de ser como "ellos" quieren, mas no lo he conseguido. Jamás se permitió que yo escogiera el rumbo de mi vida, he caminado siempre en una disyuntiva, "ser santa o prostituta". He conocido el odio de los inquisidores, que en nombre de la Santa Madre Iglesia, condenaron mi cuerpo a su servicio o a las infames llamas de la hoguera. Me han llamado de multiples maneras, "bruja, loca, adivina, pervertida, aliada de satán, esclava de la casa, [...] culpable de los males de la tierra: Pero seguí viviendo, arando, contruyendo, curando, protejiendo, pariendo, criando, amamantando, cuidando y sobre todo "amando". He poblado la tierra de amos y de esclavos, de ricos y mendigos, de genios y de idiotas, pero todos tuvieron el calor de mi vientre, mi sangre y mi alimento, llevándose un poco de mi vida. Logré sobrevivir a la conquista brutal y despiadada de Castilla, en las tierras de América, pero perdí mis "dioses" y mi "tierra" y mi vientre parió mestizos, depués que "el amo" me tomó por la fuerza. Después fui campesina, sirvienta [...] obrera, maestra, [...] siempre sirviendo a todos, convertida en abeja o sementera, cumpliendo las tareas mas ingratas, moldeada como cántaro por las manos ajenas.
Y un día me dolí de mis angustias, un día me cansé de mis trajines, abandoné el disierto y el océano, bajé de la montaña, atravece las selvas y confines y convertí mi voz dulce y tranquila, en voz del viento de grito universal enloquecido y convoqué a la viuda, a la casada, a la mujer del pueblo, a la soltera [...] a la recién parida, a la violada, a la triste, a la callada, a la ignorante, a la fiel y a la engañada [...] Vinieron miles de mujeres juntas, a escuchar mis arengas. Se habló de dolores milenarios, de las largas cadenas que los síngulos nos cargaron a cuestas y formamos con todas nuestras quejas, un caudaloso río que empezó a recorrer el universo, ahogando la injusticia y el olvido. El mundo se quedó paralizado[...] Las mujeres por fín lo descubrimos, somo tan poderosas como "ellos" y somos muchas más sobre la tierra, más que el silencio, más que el sufrimiento, más que las infámias y más que la miseria.
Que este canto resuene en las lejanas tierras de Indochina, en las arenas cálidas de Africa, en Alaska, en América Latina, llamando a la igualdad entre los géneros, a construir un mundo solidario, distinto, horizontal, sin poderíos, a conjugar ternura, paz y vida, a beber de las ciencias sin distíngos, a derrotar el odio y los prejuicios, el poder de unos pocos, las mezquinas fronteras, a amazar con las manos de ambos sexos, el pan de la existencia" *
*Sa Old (seudónimo)
OPINIÓN
Este poema, fue leído en el "Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra Las Mujeres", por la Dra. Carmen Argibay, Jueza de la Corte Suprema de las Nación Argentina"
Hagamos votos, aquellas que conocemos el mazo y el cincel, por un "basta", por un "nunca más" y recordemos que también tenemos "la palanca", cuando nos "falten fuerzas".
Fraternalmente
REGLAS PARA TRATADS DE AMISTAD Y MUTUO RECONOCIMIENTO
lunes, noviembre 28, 2011

REGLAS PARA TRATADS DE AMISTAD Y MUTUO RECONOCIMIENTO
Actualizado el veinte y cuatro de noviembre de mil novecientos setenta entre la Gran Logia de Cuba de Antiguos Libres y Aceptados Masones, como sucesora de la Gran Logia de la Isla de Cuba y de la Gran Logia de Colón, de una parte; y de la otra el Supremo Consejo del Grado 33 Para la República de Cuba, del Rito Escocés Antiguo y Aceptado, como sucesor del Supremo Consejo de Colón, en la Ciudad de La Habana, sede de ambos Cuerpos.
Articulo 1.- El Supremo Consejo del Grado 33 para la República de Cuba, reconoce a la Gran Logia de Cuba de Antiguos Libres y Aceptados Masones, como única autoridad regular, competente y soberana para gobernar en esta Jurisdicción del territorio de la República de Cuba, todas las Logias simbólicas confederadas y constituyentes de la masonería regular de los Libres y Aceptados Masones, que trabajan en los tres grados simbólicos, de Aprendiz, Compañero y Maestro.
Articulo 2.- La Gran Logia de Cuba de Antiguos Libres y Aceptados Masones, reconoce a su vez al Supremo Consejo del Grado 33 para la República de Cuba (Confederado en Lausanne-Suiza), como única potencia regular del Rito Escocés Antiguo y Aceptado, para esta misma Jurisdicción del territorio de la República de Cuba, con autoridad sobre todos los grados de este Rito, desde el 4 al 33 ambos inclusive.
Articulo 3.- El Supremo Consejo del Grado 33 para la República de Cuba, y la Gran Logia de Cuba de Antiguos y Aceptados Masones, gobiernan y dirigen sus cuerpos por Leyes propias, que cada uno se dicta y promulga de conformidad con el carácter, tendencias y fines de la masonería universal y de la Muy Honorable Fraternidad del Rito Escocés Antiguo y Aceptado y de los Antiguos libres y Aceptados Masones que respectivamente representan dentro de sus jurisdicciones.
Articulo 4.- El Supremo Consejo del Grado 33 para la República de Cuba, lo mismo que sus altos cuerpos subordinados, aceptarán como regulares y permitirán el ingreso en ellos, a todos los Maestros Masones procedentes de las Logias de la Jurisdicción de la Gran Logia de Cuba de Antiguos Libres y Aceptados Masones, que lo soliciten, con arreglo a los requisitos que marquen las Constituciones y Reglamentos del primero.
Articulo 5.- La Gran Logia de Cuba de Antiguos Libres y Aceptados Masones se compromete a recibir libremente en su seno y en el de todos los Talleres de su Jurisdicción, a los Masones de altos grados procedentes del Supremo Consejo del Grado 33 para la República de Cuba y demás altos cuerpos de su obediencia, como visitante. Ambas partes contratantes dictarán en sus respectivas legislaciones los honores que recíprocamente se dispensarán.
Articulo 6.- El Supremo Consejo del Grado 33 para la República de Cuba declara no tener ninguna Logia simbólica y ratifica que no extenderá su jurisdicción sobre los tres primeros grados de la Masonería Escocesa; por su parte la Gran Logia de Cuba de Antiguos Libres y Aceptados Masones ratifica que sólo extenderá su Jurisdicción sobre los tres primeros grados de la Masonería Escocesa, y ambos convienen de la manera más solemne no reconocer otro alto cuerpo para esta Jurisdicción que comprende el territorio de la República de Cuba.
Articulo 7.- Las sentencias de expulsión de la Fraternidad dictadas por tribunales masónicos competentes y por delitos infamantes juzgados con arreglo a las Leyes Masónicas, así como las sentencias de suspensión de derechos masónicos por las mismas causas infamantes y dictadas en los tribunales masónicos de ambos Altos Cuerpos, serán aceptadas y cumplidas recíprocamente por el Supremo Consejo y por la Gran Logia, una vez comunicadas oficialmente y después de ratificarla el tribunal masónicos de cada rama masónica y con arreglo a derecho de cada una de ella.
Articulo 8.- Quedan derogados todos los acuerdos y disposiciones que se opongan a lo expresado en los precedentes artículos, los que continuarán rigiendo en sustitución del Pacto de veinte y cuatro de noviembre de mil ochocientos setenta y seis, celebrado por los altos cuerpos, antecesores de los contratantes.
Articulo 9.- Una vez firmado este pacto y aprobado por los Altos Cuerpos contratantes, será deber de ambos comunicarle a cada uno por su parte, de la manera más extensa posible, a todos los Supremos Consejos y Grandes Logias regulares del Orbe, para su debido conocimiento y efectos consiguientes. Asimismo lo comunicarán a los cuerpos de sus respectivas jurisdicciones.
UNICA.- Las reformas a este Tratado de Amistad sólo podrán proponerse por veintiuna o más Logias conjuntamente, en virtud de acuerdos de las mismas y una vez aceptadas en principio por la Gran Logia; se publicarán dándose a conocer mediante Circular Especial a las Logias y serán resueltas en votación ordinaria por mayoría absoluta de los asistentes a la sesión de la Gran Logia en la cual se convoque en el orden del día para ser sometidas a su consideración; Para la adopción de las reformas propuestas bastará el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Gran Logia que asistan a la sesión.
El Gran Maestro M:.R:.H:.Julio Carlos Pacheco Giron viene realizando una serie de actividades en el sur del Perú, trabajando por el fortalecimiento de la masonería peruana y por la recuperación de los principios y valores de la masonería.
lunes, noviembre 28, 2011
Fenixnews.- Cusco Peru Noviembre del 2011 El Gran Maestro de la Gran Logia Constitucional del Perú M:.R:.H:.Julio Carlos Pacheco Giron viene realizando una serie de actividades en el sur del Perú, afianzando y fortaleciendo los Principios y valores Masonicos en el Peru
2-El Gran Maestro y la V:.M:., Homenajearon en el cementerio de la Almudena- Cuzco a la Q:.H:. Clorinda Matto de Turner, patronímica de la logia en el hermoso y artístico mausoleo con hermosas columnas estilo masónico y se le impuso el distintivo de la masonería universal, tomado el uso de la palabra La R:.H V:.M:. María Magdalena Coronado y el G:.M:.M:.R:.H:.Julio Carlos Pacheco quienes expresaron la vigencia de la masonería como líderes de la fraternidad en beneficio de la humanidad.
M:.R:.H:. JULIO CARLOS PACHECO GIRON
GRAN MAESTRO D LA GRAN LOGIA CONSTITUCIONAL DEL PERU
Se realizaron las siguientes actividades.
1- La R:.L:.S:.Mx:. Clorinda Matto de Turner Nº 13, organizo y realizo una jornada de ayuda social al orfanato San Pedro el día 19 de Noviembre último la V:.M:. R:.H:.Maria Magdalena Coronado Palma y el G:.M:. Recibieron el agradecimiento de más de 50 niñas huérfanas, quienes con hermosos canticos llenos de emoción dieron gracias por la ayuda recibida.
3-Elecciones de la R:.L:.S:. Mx:. Luz del Titicaca n º 14 del vall:. de Puno, el G:.M:. delego como supervisores del proceso electoral en el Vall:. de Puno al R:.H:. Juan Serna V:.M:. de la Logia Trabajo y Honradez, del Or:. De las Vegas Nevada U.S.A. y al Q:.H:. Guillermo Revilla. Quienes supervigilaron la elecciones y dieron fe de ellas. El Cuadro elegido para el periodo 2011-2012 quedo conformado de la siguiente manera.
V:.M:.R:.H:. Leónidas Bailón
1er VIG:. Alain Alencastre
2do VIG:. Nora Gálvez
Cap:. María Antonieta Aza Gates
REGLAS PARA EL INGRESO, ASCENSO Y EXALTACION DE LAS LOGIAS CONSTITUYENTES DE LA ORDEN DEL MERITO MASONICO
lunes, noviembre 28, 2011
REGLAS PARA EL INGRESO
ASCENSO Y EXALTACION DE LAS
LOGIAS CONSTITUYENTES
DE LA ORDEN DEL MERITO
MASONICO
MASONICO
Las modificaciones son señaladas en negritas y cursivas, quedando el resto del artículo como está actualmente, si es reformado en parte, caso contrario se muestra tal y como queda redactado.
LIBRO VIII
REGLAS PARA EL INGRESO, ASCENSO Y EXALTACION DE LAS LOGIAS CONSTITUYENTES DE LA ORDEN DEL MERITO MASONICO.
Artículo 1.- Se instituye la Orden del Merito Masónico, para ser otorgada por la Muy Respetable Gran Logia de Cuba de A\L\ y A\M\, a las Logias constituyentes con 50 años de vida institucional ininterrumpida, y será concedida como reconocimiento de hechos realizados por el Taller favorecido, que hayan beneficiado de alguna forma a la institución, o que haya derivado honor o enaltecimiento para la misma.
Artículo 2.- La Orden del Merito Masónico
Primer Grado: -Logias Meritorias
Segundo Grado: - Logias Beneméritas
Tercer Grado: - Logias Meritísimas
A todas las cuales se les antepondrá el vocativo de Respetable, de manera que sean:
Respetable y Meritoria
Respetable y Beneméritas
Respetable y Meritísima.
Artículo 3.- Para el ingreso en la Orden del Merito Masónico, que se hará inexcusablemente en el Grado Primero de la misma, será necesario que lo soliciten siete Logias Constituyentes de la Muy Respetable Gran Logia de Cuba de A\L\ y A\M\ para otra Logia y en virtud de previo acuerdo adoptados por las mismas.
Artículo 4.- La solicitud, suscrita por los Maestros y Secretarios de todas las Logias solicitantes, debe ser acompañada de una reseña porque se le considera debe otorgársele el Merito Masónico y se enviara al Muy Respetable Gran Maestro.
Artículo 5.- El Gran Secretario anotará en un Registro Especial por orden de recepción, las solicitudes de ingreso en la Orden del Merito Masónico al ser recibidas en las oficinas a su cargo, una vez comprobado que se ajustan a los requisitos estipulados en las presentes Reglas. El Muy Respetable Gran Maestro, por conducto del V.H. Gran Secretario, dará cuenta a la Alta Cámara en la Sesión Semestral inmediata de las solicitudes recibidas por orden de llegada haciendo figurar las solicitudes como uno de los asuntos en el Orden del Día respectivo.
Artículo 6.- Leída las solicitudes en la sesión de la Gran Logia, se someterá a votación la aceptación y siendo aceptadas en principios por la mayoría de los votantes.
Artículo 7.- Después de ser aceptada en principio por la Gran Logia, el Gran Maestro designará una Comisión de siete Maestros, en la que deberán estar representadas Logias colindantes de la propuesta.
Artículo 8.- La Comisión llevará a efecto todas las investigaciones que considere necesarias o convenientes para formar juicio, pudiendo disponer para ello del Archivo de la Gran Secretaría y utilizar los servicios de los Diputados de Distritos, solicitándolos del Gran Maestro si lo llegara a considerar.
El artículo 9 no merece ninguna modificación y por tanto su redacción queda tal y como está.
Artículo 10.- Una vez recibido por el Gran Maestro el informe de la Comisión, se dará cuenta a la Gran Logia en su Sesión Semestral inmediata, haciendo figurar el Gran Secretario entre los asuntos del Orden del Día todos los informes.
Artículo 11.- Si los informes son favorables al otorgamiento, solo se dirá que es favorable a su entrega, si hubiera algún o en contra se leerá en detalles el o los informes y los votos particulares si los hubiere, con las firmas de los comisionados y se abrirá a discusión en la forma que establece el Reglamento de la Gran Logia. Terminada la discusión, se procederá a la votación por cualquiera de las formas establecidas en dicho Reglamento para éste caso de oposición, en el resto de los casos se votará por una sola vez por todas.
El artículo 12 no merece ninguna modificación y por tanto su redacción queda tal y como está.
Artículo 13.- La concesión del título de Meritoria a una Logia, se hará constar por medio de un diploma suscrito por el Gran Maestro y el Gran Secretario. Estos diplomas se entregarán el día 24 de junio, aniversario de la fundación de la primera Gran Logia de Inglaterra. En el caso de que no sea entregado en esa oportunidad, el Gran Maestro determinará como hacerlo llegar a la Logia.
artículo 14.- Transcurrido de 10 años desde la fecha en que se otorgó el Título de Logia Meritoria a una Logia confederada y constituyente, podrá promoverse expediente para su Ascenso en la Orden del Merito Masónico a Logia Benemérita, previo el cumplimiento de los requisitos preceptuados para el ingreso en la Orden del Merito Masónico en los Artículos 3 y 4 de ésta, pero considerando que debe haber hechos nuevos en que se funda la nueva solicitud, por méritos nuevos adquiridos a partir de la concesión del primer título.
artículo 15.- El Gran Maestro, el Gran Secretario y la Gran Logia darán a estas solicitudes de Ascenso en la Orden del Merito Masónico, la tramitación señalada en los precedentes Artículos 5 al 13, ambos inclusive; pero los expedientes serán dados a conocer en la sesión en que llegó y resueltos en principio cuando corresponda discutir definitivamente, podrá presentarse en la Sesión Anual; siempre que no hubiere elecciones de Grandes Funcionarios o de Magistrados puede presentarse a votación por una por todas en ocasión de ser favorables.
El artículo -16-no merecen ninguna modificación y por tanto su redacción queda tal y como está.
El artículo -17- 18-no merecen ninguna modificación y por tanto su redacción queda tal y como está.
Artículo 19.- La concesión del Título de Meritísima a una Logia Benemérita se hará constar por medio de un diploma suscrito por el Gran Maestro y el Gran Secretario. Estos diplomas se entregarán el día 5 de diciembre, Aniversario de la fundación de la Gran Logia. En el caso de que no sea entregado en esta oportunidad, el Gran Maestro lo llegar a la Logia.
El Artículo 20 no merece ninguna modificación y por tanto su redacción queda tal y como está.
REGLAS PARA LA CONCESION DE LOS PREMIOS A LA CONSTANCIA, AL MERITO MASONICO Y PARA EL OTORGAMIENTO DEL TITULO DE
BENEMERITO DE LA ORDEN
Las reglas Primera, Segunda Tercera, Cuarta no merecen ninguna modificación y su redacción que da tal y como está actualmente.
QUINTA:-Se instituye el Premio a la Constancia en la Gran Logia como representante ó Ex Gran Maestro que como miembro de la misma acrediten su asistencia a veinticinco sesiones anuales como mínimo, lo que se justificará con certificación expedida por el Gran Secretario, con el Visto Bueno del Gran Maestro.
SEXTA:- Para promover el otorgamiento de estos Premios tendrá que mediar solicitud hecha por el propio interesado o por el Maestro de la Logia a que pertenezca. Dicha solicitud será enviada a la Gran Logia, la que con el informe legal correspondiente aceptará por mayoría de los votantes en la Sesión en que se trate; si no se hubieran cumplido los trámites de ley, lo devolverá para su enmienda.
SEPTIMA:-El Premio consistirá en un Diploma redactado al efecto y firmado por el Gran Maestro y el Gran Secretario. Será entregado en una de las sesiones que celebre la Gran Logia y señalado dentro del Orden del Día.
II.- REGLAS PARA EL OTORGAMIENTO DEL PREMIO AL MERITO MASONICO.
Primera.- La Gran Logia ha establecido el Premio al Mérito Masónico que se concederá a los miembros de la Institución que durante más de 25 años, hayan realizado obras masónicas que no estuvieren obligados a realizar por razón de cargo masónico que desempeñaren y que reúnan los siguientes requisitos: Tener más de 25 años ininterrumpidos en el grado de Maestro Masón y encontrarse afiliado a una Logia de la jurisdicción de la Gran Logia de Cuba de A\L\ y A\M\, en la oportunidad de su solicitud y otorgamiento, o haber desempeñado durante más de 10 años cargos de Gran Funcionario, o de Representante en la Gran Logia.
Segunda.- Consistirá el Premio en un Diploma que contenga el Escudo de la Gran Logia, la denominación del Premio, el nombre del premiado y la fecha de su otorgamiento.
Tercera.- La concesión del Premio al Mérito Masónico, tendrá la siguiente tramitación:
a) La solicitud deberá ser promovida por 7 Logias que hayan tomado acuerdo en sesión ordinaria, con expresión del asunto a tratar, a cuyo efecto los Secretarios extenderán la certificación correspondiente al acuerdo, haciendo una relación de los méritos que le reconocen al candidato.
b) Recibidas las certificaciones con la solicitud a la Gran Logia, habrá de conocer de ello la sesión correspondiente en la próxima sesión ordinaria, resolviendo por mayoría la aceptación en principio para su tratamiento realizándose el voto de una sola vez por todas las que se hayan recibido.
c) Una vez aceptada en principio por la Gran Logia, el Gran Maestro designará una Comisión compuesta por 7 Presidentes de Comisiones Permanentes de la Gran Logia, quienes formarán un expediente con las certificaciones y pruebas documentales que le eleven y cualquier otro carácter que tengan a bien realizar, a los efectos de demostrar las obras masónicas realizadas por el .hermano propuesto.
d) La Comisión elevará un informe al Gran Maestro, en que explicará los trámites realizados y expondrá la relación de obras masónicas realizadas por el candidato. Cualquier miembro de la Comisión que disienta del criterio de la mayoría, podrá expresar por escrito su voto particular, el cual será también informado en su oportunidad a la sesión de Gran Logia.
e) En la más inmediata sesión que celebre la Gran Logia, se dará cuenta de los expedientes favorables, si hubiere alguno desfavorable se entrara a discutir y actuar en consecuencias después se procederá a votar de una sola vez por todos los expedientes favorables.
En las sesiones en que se verifiquen elecciones de Grandes Funcionarios no se tratarán estos expedientes; Se considerará concedido el Premio al Mérito Masónico, cuando la votación favorable con la mitad más uno de los votantes y una vez aceptados el Gran Maestro dispondrá que el Gran Maestro de Ceremonias proceda a la proclamación del Premio al Mérito Masónico de la Gran Logia de Cuba de A\L\ y A\M\. Los Premios al Mérito Masónico concedidos por la Gran Logia durante el año, serán entregados el día 5 de diciembre o en la fecha más próxima, en los actos organizado por sus Logias para conmemorar el Aniversario de la Fundación de la Gran Logia de Cuba de A\L\ y A\M\
f) En los casos de Grandes Funcionarios y Representantes en la Gran Logia, que hayan desempeñado el cargo durante más de diez años consecutivos, una vez presentada la solicitud a la Gran Logia de oficio se concederá sin más trámites.
g) CUARTA.- Con carácter excepcional, podrá concederse el Premio al Mérito Masónico Post Mortem a aquellos miembros de la Fraternidad fallecidos que reunieren las condiciones exigidas anteriormente expuestas y que en el momento de su fallecimiento estuvieren afiliados a una Logia, la que necesariamente tendrá que ser una de las 7 solicitantes.
III.- REGLAS PARA EL OTORGAMIENTO DEL TITULO DE BENEMERITO DE LA ORDEN
PRIMERA.-La Gran Logia ha creado como el más alto galardón de mérito otorgado a sus miembros, el Título de BENEMERITO DE LA ORDEN, el cual se concederá a aquellos hermanos que poseyendo el Premio al Mérito Masónico, reúnan los siguientes requisitos:
Ostentar el Grado de Maestro Masón por más de 36 años ininterrumpidos, realizando durante ese período de tiempo una labor excepcionalmente destacada y que haya sido sin ostentar cargos masónicos que le obligaban hacerlo y disipando la ignorancia, combatiendo el vicio e inspirando el amor a la Humanidad.
Haber realizado labor notoria en beneficio de la Gran Logia de Cuba de A\L\ y A\M\, en el conglomerado de las Grandes Potencias de nuestra Amistad o en la jurisdicción Masónica Nacional.
Haberse destacado en el mundo profano como hombre de bondad, honradez y prestigio que enaltezca a la institución.
La solicitud para la concesión del Título de “Benemérito de la Orden” a un hermano que reúna los requisitos antes mencionados, tiene que ser presentada por 50 o más Logias de la jurisdicción que hayan adoptado el acuerdo en sesión extraordinaria, después de discutir ampliamente los méritos del candidato y celebrada la votación por balotaje esta arroje la totalidad de Blancas; Teniendo en cuenta que nueve negras niegan el otorgamiento y por tanto presentaran en la sesión de Gran Logia oposición a la aprobación en principio.
Presentada a la sesión correspondiente y aprobada en principio por la Gran Logia, mediante el voto de uno más, de las dos terceras partes de los asistentes a la sesión anual que será en la única sesión en que se presente, el Gran Maestro someterá el acuerdo a la consideración de todas las Logias de la jurisdicción, dentro del período de 30 días posteriores a su publicación.
Las Logias lo discutirán en sesión extraordinaria y después de discutir ampliamente los méritos del candidato y celebrada la votación por balotaje esta arroje la totalidad de Blancas; Teniendo en cuenta que nueve negras niegan el otorgamiento y enviarán su respuesta en sentido afirmativo o negativo a la Gran Logia, dentro del término de 90 días siguientes a la fecha del Decreto del Gran Maestro disponiendo el Referéndum.
Transcurrido el término expresado y llegadas a la Gran Logia siendo las respuestas afirmativas en cantidad de cinco más de las tres cuartas partes del total de Logias de la jurisdicción, se entenderá acordado conceder el Título de Benemérito de la Orden; Pero si obtuviera la cuarta parte de votos negativos se declarara negado y el Gran Maestro promulgará la negativa o su otorgamiento, mandando a circular a las logias detalladamente la relación de los votos con las fechas de entrada en la gran Logia y como correspondió el voto y dando cuenta a la Gran Logia en la más inmediata Sesión Ordinaria.
Segunda.- En caso de haberse rechazado la solicitud, no podrá repetirse la misma solicitud con el mismo hermano hasta 15 años posteriores a la negativa.
Tercera.- El título de Benemérito de la Orden, solamente lo ostentará AD- VITAM un solo hermano y no se podrá proponer otro con las mismas características hasta cinco años posteriores al fallecimiento del anterior, se entregará la constancia con un pergamino especial en la primera sesión ordinaria que celebre la Gran Logia, después de promulgarse su otorgamiento, a cuyo efecto se insertará en el Orden del Día de la sesión que corresponda.
DE AMISTAD DE LAS GRANDES POTENCIAS AMIGAS.
Articulo 1.- El nombramiento de Representante de la Gran Logia de Cuba de A\L\ y A\M\, ante las Grandes Potencias de nuestra amistad, se hará por Decreto del Gran Maestro.
Articulo 2.- Para ser Representante de la Gran Logia de Cuba de A\L\ y A\M\ ante una Gran Logia de nuestra amistad, se requieren los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión del Grado de Maestro Masón.
b) Estar como miembro activo de una Logia de la jurisdicción ante la cual se esté acreditando y que resida permanentemente en el mismo territorio jurisdiccional de dicha Gran Logia.
Articulo 3.- Para ser Representante de una Gran Logia de nuestra amistad ante la Gran Logia de Cuba, se requiere:
a) Estar en posesión del Grado de Maestro Masón.
b) Ser miembro activo de una Logia de la jurisdicción de la Gran Logia de Cuba de A\L\ y A\M\ Residir permanentemente en el territorio jurisdiccional de Cuba sin que pueda ausentarse del mismo por un período mayor de seis meses.
c) Cuando haya que realizar un nombramiento de Representante ante una Gran Logia de nuestra amistad, el Gran Maestro lo informará y a Propuestas de los miembros de la sesión en que se trate, se elegirá al candidato que el Gran Maestro hará llegar la propuesta a la Gran Logia de que se trate.
Articulo 4.- A los Representantes de la Gran Logia de Cuba ante las Grandes Potencias de nuestra amistad, se les expedirá por el Gran Maestro un Diploma acreditativo de su cargo, pudiendo usar la joya del cargo que desempeña.
Articulo 5.- Ningún Representante podrá ostentar más de una representación, en el caso que Una gran potencia lo solicitare, deberá escoger una de las dos.
Articulo 6.- La investidura de Gran Representante de una Gran Potencia de nuestra amistad ante la Gran Logia de Cuba se hará ante el Gran Maestro, los Grandes Funcionarios y el Gabinete, mediante ceremonial que al efecto determine el Gran Maestro.
Articulo 7.- Los Grandes Representantes de Grandes Potencias de nuestra amistad, acreditados ante la Gran Logia de Cuba de A\L\ y A\M\ constituyen un Cuerpo Oficial, pudiendo designar uno de ellos para que funja como Decano.
Articulo 8.- Son obligaciones de los Grandes Representantes de las Grandes Logias acreditadas ante la Gran Logia de Cuba de A\L\ y A\M\, las siguientes:
a) Asistir a todas las sesiones que celebre la Gran Logia de Cuba de A\L\ y A\M\, representando a la Gran Potencia que lo ha designado.
b) Mantener comunicación con la Gran Logia que representa, haciendo llegar la correspondencia que por su intermedio se le envié para entregar a la Gran logia de Cuba de A. L. y A. M. las comunicaciones deberá efectuarse, por lo menos, dos veces al año a la terminación de las Sesiones Anual y Semestral.
c) Desempeñar las comisiones y cumplir las encomiendas que les confíe el Gran Maestro de la Gran Logia de Cuba de A\L\ y A\M\ en relación con la Gran Potencia que representa o las que ésta confiera cerca de la Gran Logia de Cuba de A\L\ y A\M\
Articulo 9.- La falta de cumplimiento de algunas de las disposiciones contenidas en estas reglas, se considerara como renuncia tácita al cargo, procediéndose a cubrir la vacante en la forma acostumbrada.
Articulo 10.- La Gran Secretaría llevará un Registro con los nombres de los Representantes de la Gran Logia de Cuba de A\L\ y A\M\ activos ante las Grandes Logias de nuestra amistad y con los de éstas ante la Gran Logia de Cuba de A\L\ y A\M\, a los fines señalados en éstas Reglas y al objeto de lograr las más estrechas relaciones entre las Grandes Logias del Mundo.
UNICA.- Las reformas a este Libro con sus cuatro Reglas y un Reglamento ó modificaciones independientes a Reglas o el Reglamento, sólo podrán proponerse por veintiuna o más Logias conjuntamente, en virtud de acuerdos de las mismas y una vez aceptadas en principio por la Gran Logia; se publicarán dándose a conocer mediante Circular Especial a las Logias y serán resueltas en votación ordinaria por mayoría absoluta de los asistentes a la sesión de la Gran Logia en la cual se convoque en el orden del día para ser sometidas a su consideración; Para la adopción de las reformas propuestas bastará el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Gran Logia que asistan a la sesión.












