Por: Q:.H:. Gustavo Saavedra García
Miembro de la G:.L:. del PERU
Ante todo mi agradecimiento al Consejo Directivo del Instituto Sanmartiniano del Perú, por tan honorable designación para que lleve la representación de él, en esta memorable fecha, como es la “Instauración del Gobierno Protectoral del General Don José de San Martín y Matorras”; mención especial merece la destacada labor del Señor Presidente (e) Ing. Manuel Augusto de Ingunza Simonetti, alma, corazón y vida del Sanmartiniano, que con su abnegado sacrificio ha llevado al Instituto a tan envidiable sitial, el presente discurso de orden lo he titulado “La Gestión del Protectorado de San Martín”.
Ante la proclamación de la independencia del Perú, un sábado 28 de julio de 1821, el Generalísimo Don José de San Martín y Matorras consideró indispensable adoptar una forma de gobierno que permitiera organizar las instituciones de la nueva República Libre y Soberana.
Por Decreto de 3 de agosto de 1821, se estableció el PROTECTORADO, como forma de gobierno transitoria, para entrar a las definitivas de la futura estructura política del Perú; San Martín asumió el mando Supremo, político y militar de los Departamentos Libres del Perú, con el título de Protector y constituyó el Poder Ejecutivo designando como Ministros de Estado al colombiano D. Juan García del Río, como Secretario de Relaciones Exteriores; al Argentino D. Bernardo Monteagudo, como Secretario de Guerra y Marina; y al ilustre prócer peruano, D. Hipólito Unánue como Secretario de Hacienda.
La labor del gobierno protectoral ha pasado desapercibida para la historia política del Perú, pues sólo duró 413 días., cabe mencionar como importantes, algunos decretos y medidas de bien público, pero no se le ha dado la trascendental importancia que desempeño el Protectorado para poner los cimientos de la legislación nacional. Sólo se ha considerado como un período transitorio de la iniciación de la vida independiente de la República, pero sin aquilatar la proficua labor que se realizo en la difícil etapa de la formación de las instituciones democráticas.
La obra de ordenamiento legislativo, económico, político e institucional que realizó el Protector, debe ser considerado como uno de los más importantes esfuerzos de nuestra vida nacional, teniendo en cuenta el Anuario de la Legislación del Protectorado que abarca desde su iniciación el 3 de agosto de 1821, hasta la instalación del Primer Congreso Constituyente, el 20 de setiembre de 1822, demuestra la trascendental obra del Generalísimo San Martín en su afán nobilísimo de sentar las bases inconmovibles del Estado Peruano.
“Pero cuando San Martín entró a Lima se estableció un nuevo orden de cosas. Este vigoroso jefe no precisaba consejero, él mismo dirigía todo, y con la decisión del soldado no admitía apelaciones; barrió todas las clases, estableció nuevas leyes e instituciones y alteró completamente la paz general de la sociedad. Todos los extranjeros fueron admitidos en el puerto e invitados a establecerse en la capital, sin reserva ni restricción y permitiéndose a cada una perfecta libertad de acción, no había necesidad de influencia o astucia ” (1).
Emitió disposiciones que abarca todos los órdenes de la vida nacional, no sólo en los aspectos político, social y económico, sino estableciendo normas que contemplan desde la organización administrativa hasta las actividades cívicas y aún de moralización de usos y costumbres ancestrales. Labor de ordenamiento que es mucho más laudable porque se realizó durante la enconada pugna ideológica de monarquistas y republicanos que caracterizo esta etapa; y durante la campaña militar que los soldados de América libraban en tierras del Perú, para obtener y consolidar la Libertad del Continente. Precisamente, por eso, se afirmó que San Martín había descuidado su misión militar, por su afán de organizar la vida institucional del Perú, en proceso de emanciparse del yugo español.
El protector consideró indiscutible establecer los SIMBOLOS DE LA PATRIA y creó el glorioso bicolor de nuestra Bandera. Estableció el Escudo de Armas y se preocupó de vigorizar nuestro nacionalismo, “Convoco a concurso para dar a la nueva República una Canción nacional o MARCHA nacional del Perú el 07 de agosto de 1821, más tarde llamada Himno Nacional, y desde entonces tenemos este símbolo de la Patria debido a Don José Bernardo Alcedo, en la música, y a Don José de la Torre Ugarte, en la letra, que como sabemos sufrió en los primeros decenios de la república la interpolación de una estrofa apócrifa ofensiva al pueblo, así como también algunas alteraciones en la música ”.
Dispuso que en el frontispicio de los edificios públicos se esculpiera el Escudo Nacional; que en toda clase de actuaciones públicas se exclamara ¡Viva la Patria!; Que se construya en el segundo Ovalo del Camino al Callao la gran Plaza de Independencia y que en ella, se erigiera el monumento a la libertad y que la plazuela de la inquisición, se denominará Plazuela de la Constitución.
San Martín dictó la primera Carta fundamental o Constitución del Perú con el nombre de ESTATUTO PROVISIONAL, que fue promulgado solemnemente el 8 de octubre de 1821 y cuyos preceptos, ha servido de inspiración y de norma, para la formulación de las diversas Constituciones del Perú Republicano.
Dictó la NUEVA DEMARCACION POLITICA Y TERRITORIAL DEL PERU, a base de los Departamentos, Provincias y Distritos, reemplazando el régimen colonial de las Intendencias y Partidos, disponiendo que los Presidentes de los Departamentos designen comisiones para hacer la estadística nacional y para levantar planos topográficos y formular planes de mejora y progreso para sus respectivas circunscripciones.
Sentó las bases de la organización del PODER JUDICIAL, con el establecimiento de la Alta Cámara de Justicia, Decreto del 4 de agosto de 1821 y de los juzgados que reemplazaron a las Audiencias y a la cámara de Apelaciones de Trujillo, pero con las mismas atribuimos de la Real Audiencia y dictó normas para la mejor administración de justicia.
Estableció las MUNICIPALIDADES, como expresión de los gobiernos locales, reemplazando a los ayuntamientos o Cabildos de la época colonial.
Abolió la Constitución Española; declaró vigentes los códigos y leyes de la metrópoli que no se oponían a la Independencia del Perú; sentó las bases de la Legislación Peruana que se inició, precisamente con todos los decretos y disposiciones dictadas por el gobierno protectoral.
San Martín puso las bases de la organización económica del País: en el orden tributario, abolió rezagos de servidumbre como el cobro de TRIBUTO el 27 agosto de 1821 que pesaba sobre los indios a quienes declaro “Ciudadanos del Perú”; estableció gravámenes a los licores y azúcares extranjeros, reorganizó el estanco del papel sellado y resellado con las armas de la República y, dictó diversas disposiciones proteccionistas del comercio y la industria. En cuanto al sistema monetario, hizo acuñar monedas con los símbolos de la libertad y con la inscripción: “Perú Libre, La Justicia y la Paz por la virtud y la Justicia”, declaro el curso legal de las onzas de oro y plata de Chile, ordenó la acuñación de monedas de cobre; autorizó la emisión de papel moneda; estableció severas sanciones contra los falsificadores. Reorganizo los servicios de aduanas y resguardos, etc.
En orden a una mejor estructuración de la ADMINISTRACION PUBLICA, estableció diversas reparticiones públicas: la Dirección General de Censos y Obras Publicas, Dirección de Minería, Juzgado de Secuestros, Administraciones del Tesoro Público, Contaduría Mayor, Tesorería General, Cámara de Comercio del Perú, etc. Dictó diversos Reglamentos tales como: el Provisional de Comercio, de Distribución de Censos, de Cárceles, Provisional de Tribunales de Justicia, de presas, de la Biblioteca Nacional, el 28 de agosto del Cuerpo de Ingenieros, etc. Además dictó diversas disposiciones sobre nombramiento y promoción de los funcionarios del Estado, por orden de méritos es decir meritocracia, estableció la Jornada de trabajo en las oficinas públicas; el ceremonial oficial en todos los actos civiles y religiosos; y la subrogación de los empleados de hacienda, por graves faltas cometidas en el ejercicio de su función.
Como medidas en defensa de la dignidad humana, debemos mencionar: el decreto dando la libertad a los hijos de los esclavos, nacidos después del 28 de julio de 1821, otorgándoles “Los mismos derechos que al resto de los ciudadanos peruanos”; las disposiciones sobre los esclavos y su progresiva manumisión; la abolición del servicio personal y gratuito y de la servidumbre de los indígenas, so pena de expatriación, para los contraventores; el establecimiento de las GARANTIAS INDIVIDUALES, a base de la defensa del derecho a la existencia, al honor, la libertad, la seguridad, la propiedad y la inviolabilidad del domicilio.
La abolición de las penas infamantes de azotes y de la horca; la declaración de que todo esclavo que llegue al Perú queda libre por el hecho de pisar nuestro territorio; declarando ciudadanos del Perú a todos los habitantes de los pueblos libres de América; estableciendo el descanso obligatorio en los días de fiesta; otorgando carta de ciudadanía, franquicias y tierras a todos los extranjeros que poseyera algún arte o ciencia o desearan establecer comercio o industria en el País; y otorgando carta de naturaleza a todos los españoles que juraran la Independencia Nacional.
El protector expidió numerosas disposiciones reconociendo y premiando los servicios prestados a la causa de la independencia del Perú y de América, tales como: concediendo premios y goce a los individuos del Ejército Unido y de la Escuadra Libertadora; premios y distinciones a los “Guerrilleros” por su valor y constancia; estableciendo la “ORDEN DEL SOL”, con carácter aristocrático, para premiar a los próceres y beneméritos de la Patria, concediendo a las mujeres “Patricias” de la Independencia, el uso de una banda bicolor y una medalla de oro con las armas del Estado y la Inscripción “Al Patriotismo de las más Sensibles”; concediendo títulos de honor a las ciudades que sirvieron de teatro a las acciones libertarias tales como los de “Heroica y esforzada ciudad de los libres” concedido a lima; “Benemérita y Fidelísima a la Patria”, concedido a Trujillo; “ Ciudad Incontrastable”, a Huancayo; “Heroica Villa”, a cangallo; “Pueblo Libre”, a Magdalena Vieja “Generosa y Benemérita”, a Lambayeque; y el simbólico titulo de “A los Constantes Patriotas de Huarochirí”, que se concedió a los habitantes de Tarma, Cangallo, Huarochiri, Canta, Yauli y Yauyos, por sus servicios a la libertad”.
Mayor importancia tienen los decretos dictados por el Protector a favor de la EDUCACION y la CULTURA, tales como el que ordena establecer escuelas gratuitas en todos los conventos de regulares; teniendo en cuenta que “sin educación no hay sociedad ” y que “La educación de un pueblo sirve de apoyo a las instituciones que se le dan “, decretó el establecimiento de la primera escuela nacional conforme al sistema de enseñanza mutua o lancasteriana bajo la dirección de Don Diego Thonson, el 6 de Julio de 1822, encargando el cumplimiento a la Sociedad Patriótica, con la indicación de que se hiciera extensivo el sistema a la educación de la mujer.
Aquí San Martín parece adelantarse al pensamiento de su ilustre compatriota, Don Domingo Sarmiento quien dijo que si el pueblo era el soberano, pues había que educar al soberano”; el decreto que crea la BIBLIOTECA NACIONAL; formación de la “SOCIEDAD PATRIOTICA”, para debatir asuntos de interés público, sin atentar contra las leyes fundamentales del País y el honor de las personas; reglamentado el ejercicio de la libertad de imprenta, por decreto del 13 de Octubre de 1821, reconoció el derecho que tiene todos los hombres de pensar, hablar y escribir, sin estar sujeto a ninguna censura previa, aprobación o revisión, tan sólo estaba sujeto este derecho a la responsabilidad consiguiente para los que abusarán de él y la responsabilidad de los editores; prohibiendo la introducción de libros obscenos; declarando que el arte escénico no irroga infamia; prohibiendo la extracción de objetos arqueológicos de las “Huacas” y enterratorios, etc.
En orden a la defensa de la Soberanía del Perú, y de los pueblos de América, conviene hacer resaltar la obra de San Martín al organizar el EJERCITO PERUANO, el 18 de agosto de 1821 a base de la “Legión Peruana de la Guardia”, de las Guardias Cívicas y de todos los cuerpos de ejército que organizó, disciplinó y alistó, dándoles una organización técnica, determinando sus emblemas, uniformes y distintivos, según las armas. Se debe también a San Martín, la organización de la ARMADA PERUANA, el 8 de octubre de 1821 a base de algunos barcos de la Expedición Libertadora y de los buques españoles capturados o incautados y el establecimiento de los reglamentos, ordenanzas, uniformes y distintivos de acuerdo con la Ley Naval Española y de los sistemas británicos. Debe mencionarse, además, las disposiciones que dictó el Protector, referentes a la MARINA MERCANTE para impulsar el comercio exterior y el tráfico de cabotaje.
Muchas disposiciones fueron dictadas por el Protector con respecto a los españoles: ordenando que los Títulos de Castilla se denominaran del Perú; ordenando la expulsión de todos los que no hubieren obtenido carta de naturaleza; legislando sobre los bienes de los españoles; prohibiendo el desempeño de los puestos públicos y privados, y el ejercicio del comercio y la industria, para los que no quieran someterse a las leyes del Perú y no juren su Independencia.
En el orden internacional, el Gobierno Protectoral, guardó la más estrecha relación con los países libres de América y del Mundo y celebró tratados de unión y amistad perpetúa con Colombia.
La obra de ordenamiento de San Martín, llego a legislar hasta en asuntos de orden protocolar, privado y de usos y costumbres: estableció el ceremonial oficial; fijó los distintivos y uniformes de las autoridades políticas; prohibió el juego de envite y las peleas de gallos; prohibió sepultar los cadáveres en los templos; dispuso que los curas, inocularan la vacuna en sus respectivas Parroquias; reglamentó los repiques y dobles de los campanarios, y el uso del luto, fuera de los grados más próximos de consaguinidad y afinidad.
Por ultimo, sentó las bases del ejercicio de la SOBERANIA NACIONAL, por medio del sufragio; dictó el Reglamento de Elecciones; organizó el sistema electoral por medios de los Colegios Electorales y de las agrupaciones formadas por naturales de los diversos departamentos, ocupados por los realistas, residentes en lima; organizó todo el mecanismo electoral y convocó a la reunión del Primer Congreso Constituyente, primero, para el 1º de Mayo de 1822 y después , para el 28 de Julio del mismo año. Realizadas las elecciones San Martín , respetuoso de la voluntad popular, dispuso que el Soberano Congreso sesionara en el local de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, institución, docente, que debía trasladarse al local de San Pedro. Por último, el 20 de setiembre de 1822, reunió a la REPRESENTACION NACIONAL y después de concurrir a un solemne Te Deum, en la Catedral de Lima, concurrió a la instalación del SOBERANO CONGRESO CONSTITUYENTE, símbolo de la soberanía nacional, ante la cual renunció el Protectorado, después de pronunciar estas admirables palabras que representan una verdadera admonición evangélica del gran Capitán de los Andes, al despojarse de la banda bicolor, convertida en símbolos de la investidura del Jefe Supremo del Estado:
“Al depositar la insignia que caracteriza al Jefe Supremo del Perú, no hago sino cumplir con mis deberes y con los votos de mi conciencia. Si algo tienen que agradecerme los Peruanos, es el ejercicio del Supremo Poder, que el imperio de las circunstancias me hizo obtener. Hoy que felizmente lo dimito, yo pido al Ser Supremo, el acierto, luces y tino que necesita el Congreso para hacer la felicidad de sus representados”.
“¡PERUANOS, Desde este momento queda instalado el Congreso Soberano y el pueblo reasume el Poder Supremo en todas sus partes!”.
Admonición que se hace más concreta, cuando desde su alojamiento de Pueblo Libre (Magdalena Vieja) y antes de embarcarse en el Bergantín “BELGRANO”, en el puerto del Callao; camino del olvido, de la injusticia y del destierro , lanzo al país esta ejemplar proclama:
“¡PERUANOS!, Presencié la declaración de la Independencia de los Estados de Chile y el Perú. Existe en mi poder el estandarte que trajo Pizarro para esclavizar el Imperio de los Incas y he dejado de ser hombre público. He aquí recompensado con usara diez años de Revolución y de guerra“.
“Mis promesas para con los pueblos en que he hecho la guerra están cumplidas: Hacer su independencia y dejar a su voluntad la elección de sus gobiernos”.
“La presencia de un militar afortunado, por más desprendimiento que tengan es terrible a los Estados que de nuevo se constituyen; por otra parte, yo estoy aburrido de oír decir que quiero hacerme soberano. Siempre estaré pronto a hacer el último sacrificio por la libertad del país, pero en caso de simple particular y nada más”.
“En cuanto a mi conducta pública, mis compatriotas (como en lo general de las cosas), dividirán sus opiniones; los hijos de éstos darán su verdadero fallo”.
“¡PERUANOS!. Os dejo establecida la Representación Nacional: Si depositáis en ella una entera confianza, contad con el triunfo; sino la anarquía os devorará”.
Algunas Reflexiones:
“San Martín es de esos tipos que cuanta más lo conoces, más lo querès, y digo esto sin ningún tipo de endiosamiento. La herencia que San Martín dejó no está en los monumentos, sino en su solidaridad, su preocupación por la educación, por la equidad. Ese ejemplo de ser igual con su tropa, si hay que pasar frió , pasarlo él, si hay que pasar hambre pasarla él. ”
Eso, hoy en día, tiene un inmenso peso político. Felipe Pigna (Historiador), Argentina.
Entrevista “Revista Somos” Nº 1024, 22/07/06. El Comercio.
“Como podemos entender de sus palabras de despedida en San Martín solo existe la serena convicción y la satisfacción profunda del deber cumplido y hasta una preocupación profética por el porvenir del País; los peruanos consideramos a San Martín el fundador de nuestra independencia, el generalísimo de muestras armas y el Protector de muestra libertad”.
Gustavo Pons Muzzo; “El Gobierno Protectoral del Libertador Generalísimo Don José de San Martín y Matorras” discurso pronunciado el 3 de Agosto de 1971.
“El generalísimo San Martín demostró en todo momento y lugar, el más grande respeto por los pueblos y en particular , por el pueblo peruano y no merece otra calificación que la de “El Libertador más demócrata de la humanidad”, sus expresiones y sentimientos siempre lo manifestaron , lo exigieron y cumplieron. Nunca impuso su voluntad, sino respetó los derechos y la libertad de los pueblos, por considerar a la libertad, como el más preciado derecho de la humanidad ”. Hermann Hamann Carrillo “El Protectorado: Un modelo político para la Organización de un Gobierno Republicano” Discurso pronunciado el 3 Agosto de 1999.
Antes de dar por concluido mi discurso de orden, presento mis disculpas a tan respetable auditorio, si es que he obviado algo o me equivoque en alguna fecha, sólo me considero un humilde simpatizante de la “Causa Sanmartiniano” y de este ilustre ciudadano americano, hermano masón de las logias lautarinas, demócrata a carta cabal Don José de San Martín, y Matorras, les pido por favor rendirle un merecido homenaje a su memoria proclamando lo siguiente:
“Viva San Martín”
“Viva el Perú”
Muchas Gracias