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COMUNICADO DEL GRANDE ORIENTE ESPAÑOL

1º.- El 28 de marzo de 2007, le fue remitida al Gran Maestro de la Gran Logia de España, una carta en la que se le instaba a que retirara de su Página WEB el título “Antiguo GRANDE ORIENTE ESPAÑOL”, por vulnerar el Artículo 8 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

2º.- Asimismo se le envió copia del Certificado de 14 de febrero de 2005, extendido por el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, fecha muy posterior a la de la supuesta “indivisible unión” entre dichas Potencias, que alguien bien conocido en INTERNET y otros ámbitos, fija en el año 2001. En dicho Certificado figura como único Gran Maestre del GRANDE ORIENTE ESPAÑOL D. Francisco José Alonso Rodríguez.

3º.- Como quiera que se hiciera caso omiso de lo expuesto, se puso el hecho en conocimiento de dicho Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, que mediante Escrito del pasado 4 de julio (R.Sª 10.527), expresó que no “No hay constancia registral de que se haya inscrito (la Gran Logia), como Grande Oriente Español”, significando que dicha Gran Logia figura asentada en el Ministerio desde el 21 de octubre de 1980 con el Núm. 37.526, Grupo 1º, Sección1ª, indicando la vía jurisdiccional para poner coto a dicha irregularidad.

Por cuanto antecede, se participa:

1º.- Que existieron fallidos contactos de aproximación con el anterior Gran Maestro de la GLE., Josep Corominas i Busqueta, quien finalmente se apartó de la expresada Gran Logia para constituir la Gran Logia Ibérica Unida.

2º.- El intento de los dignatarios de la Gran Logia de España, de presentarla como heredera del Grande Oriente Español, constituye históricamente una falsedad, y masónicamente una absurda contradicción, ya que dicho cuerpo se apartaría de los reconocimientos “regulares” de la Gran Logia Unida de Inglaterra y demás de su relación.

3º.- El Grande Oriente Español, ostenta la legitimidad histórica de la Masonería Española, es soberano y respetuoso con la legalidad vigente, no se inmiscuye en la actividad de las obediencias masónicos posteriores a su fundación, y por dignidad tampoco les reconoce autoridad inspectora alguna de su actividad.

Lo que con las copias de los archivos adjuntos se traslada a Vd. y a la opinión pública para si no evitar, al menos paliar el interesado confusionismo que por el presente se denuncia.

25 de marzo de 2008(E:.V:.)

El Gran Maestre Adjunto: Antonio María Claret Pérez.

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