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Hace 12 años un 2 de enero de 1998, se expulso(irradio)a Emilio Cassina Rivas, Luciano Baquerizo Zuzaeta, Carlos Delgado Rojas de la G:.L:.P:.

ESTA ES LA VERDAD Y SUCEDIO ... SOLO PUDIERON RECUPERAR SU CALIDAD MASONICA POR UN FALLO DEL PODER JUDICIAL PERUANO
Hace 12 años un día como hoy (2 de enero) los miembros de la Comisión de Justicia de la Gran Logia del Perú, fundada en 1882, decidió el destino de los Past Grandes Maestros, Emilio Cassina Rivas, Luciano Baquerizo Zuzaeta, Carlos Delgado Rojas.
Es necesario señalar que todo ello empezó a mediados del mes de diciembre de 1,997. FENIX vuelve abrir las paginas de la historia masónica peruana, escritas en base a documentos que obran en poder de los aquí y de los de allá.

Primera fecha y inicio del cisma oficial del año 1998, el 17 de Diciembre de 1997, la Gran Comisión de Justicia de la otrora Gran Logia del Perú, presidida por el Hon. y R:.H:. Gaston Remy Llerena eleva a la Gran Secretaria: "Proceso masónico Luciano Baquerizo Zuzaeta como denunciado, denunciante G:. L:. del P:., delito grave masónico, Vall:. de Lima, 17 de Diciembre de 1997 e:. v:., al R:. H:. Luis Perry Mauny, G:. Sec:. de la G:. L:. del P:., en el Vall:., R:. H:. es grato dirigirnos a usted para remitir el expediente Nº 2497 en 162 folios útiles, que contienen los actuados al concesorio de apelación interpuesto por el fiscal, corresponde a vos poner en conocimiento del M:. R:. G:. M:. de MM:. del P:. sobre este particular para que de acuerdo al Código de Justicia y Procedimientos Masónicos, convoque a Gran Asamb:., fraternalmente VV:. AA:. HH:. Gastón Remy LLerena Presidente G:. Com:. de Just:., Humberto Meneses Arellano Gran Secretario."

Y el segundo fechado el 02 de enero de 1998 en los siguientes términos: "Expediente 0197, proceso masónico, denunciados Emilio Cassina Rivas, Luciano Baquerizo Zuzaeta, Carlos Delgado Rojas, denunciante G:. L:. del P:., Valle de Lima, 02 de Enero de 1998 e:. v:., R:. H:. Luis Perry Mauny, G:. Sec:. de la G:. L:. del P:., en el Vall:., R:. H:. es grato dirigirnos a usted para remitir el expediente Nº 0197 en 319 folios útiles que contienen los actuados en los procesos masónicos seguidos contra los MM:. RR:. HH:. Emilio Cassina Rivas, Carlos Delgado Rojas y Luciano Baquerizo Zuzaeta. En concordancia con el art. 36 del Código de Justicia y Procedimiento Masónico, corresponde al Tribunal Supremo la Revisión de la sentencia de Irradiación recaída en los procesados, os ruego poner en conocimiento del M:. R:. G:. M:. de MM:. del P:. sobre este particular para los fines establecidos VV:. AA:. HH:. Gastón Remy LLerena Presidente G:. Com:. de Just:., Humberto Meneses Arellano Secretario, es todo G:. M:."

Y es por su importancia que el Fallo del 2 de enero de 1,998, establecer y reconocer los meritos, el valor y la decisión de los miembros de la Gran Comisión de Justicia, que no le tembló la mano y como hombres libres y de bien firmaron por la irradiación de los mencionados Past Grandes Maestros a quienes nunca le ingreso la orden en el alma y el corazón. Que decía el Fallo de la Gran Comisión de Justicia, simple: “Sentenciamos a la pena de irradiación a los MM:.RR:.HH:. Emilio Cassina Rivas, Carlos Delgado Rojas y al M:.M:. Luciano Baquerizo Zuzaeta, por las comisiones de los graves delitos antimasónicos descritos en los considerandos precedentes. Consentida o ejecutada que sea esta sentencia, deberá cumplirse seguidamente a lo dispuesto en el segundo párrafo del art.18 de la actual Constitución de la Orden. Firmado:, Gastón Remy Llerena, Pdte. G:.Com:. de Just:., R:.H:.Humberto Meneses Arellano, Secretario G:.Com:.Just:. R:.H:.Daniel Arias Pérez, Vice Pte. R:.H:.Augusto Valqui Malpica,, R:.H:. Fernando Remond Villacorta, Vocales.”

Luego vendría la Tenida de Gran Asamblea Ordinaria realizada el día 06 de Enero de 1998 e:. v:. que siguiendo los procedimientos establecidos de esa época elegiría al Tribunal Supremo para que se encargue de la revisión de todo lo actuado en decisión inapelable, para dar cuenta en una próxima Gran Tenida Ordinaria de la Orden.

La historia de dicha asamblea esta documentada en la Circular No. 115-110 de la Gran Logia del Peru de fecha 2 de Febrero de 1998 e:.v:., donde se señala que se propusieron dos listas o ternas para el Tribunal Supremo que revisaría los expedientes en el caso de sentencia o irradiación emitidos por la Gran Comisión de Justicia, el Hno:. Luis Masalías Erausquin, de la R:. L:. S:. Arte Real Nº 159 propone a los RR:. HH:. Antonio Basso, Jorge Valera, Jorge de Riglos, Emilio Quiñones, Dante Rivera del Mar. La Gran Maestria propuso siguiendo los usos y costumbres al M:. R:. H:. Carlos Maraví Gutarra, y los RR:.HH:. Luis Raygada Secada, Pedro Saco Costa, Juan Yepez León y Nelson Scheinfeld ganando esta terna o lista por 58 votos y la propuesta de Masalias obtuvo solo 36 votos.

El M:.R:.H:. Maraví Gutarra y los RR:.H H:. Luis Raygada Secada, Pedro Saco Costa, Juan Yepez León y Nelson Scheinfeld Lamas recibiendo en dicha tenida oficialmente los expedientes a fin de que puedan emitir el fallo inapelable respectivo que fue de conocimiento en la Magna Asamblea del día 26 de enero de 1998, dado que eran quince días los mandaba el Código para que pudiera dicho Tribunal emitir su resolución inapelable respectiva.

Una vez oficializa la sentencia el 26 de enero de 1998 e:.v:., los EXCOMULGADOS(IRRADIADOS) conspiraron de la manera mas vil, lo que permitió al fujimontesismo penetrar, pisotearnos y destruir nuestra tradición, concretada su traición con la ayuda del gobierno corrupto, los EXCOMULGADOS Past Grandes Maestros al obtener el poder de manera ilegal, utilizando a su lacayo Luis Masalías Erausquin, para que iniciara la persecución, la humillación que les permitiría luego consolidarse mediante la EXCOMULGACION de todos aquellos francmasones peruanos que representaban su oposición a su bajos deseos y con odio y desprecio a quienes como hombres libres y de bien los irradiaron en enero de 1998 e:v.: en diferentes instancias.

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