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Balaustre No. 4 - Promulgación de la Constitución del Supremo Consejo Omega de la República Mexicana

U:.T:.O:.S:.A:.G:.
Roma – New York – Barranquilla – Tijuana
SUPREMO CONSEJO OMEGA
República Mexicana
supremoconsejoomega@gmail.com


A TODOS LOS SUPREMOS CONSEJOS DEL MUNDO.
A TODOS LOS GRANDES MAESTROS DEL ORBE.
A TODAS LAS JERARQUÍAS DE TODOS LOS RITOS Y VERTIENTES, ANTIGUOS Y MODERNOS
A TODOS LOS MASONES ESPARCIDOS POR AMBOS HEMISFERIOS.


SALUD - ESTABILIDAD - PAZ

BALAUSTRE No. 4

NOS, Soberano Gran Comendador y Gran Maestre de la Orden, en uso de las facultades constitucionales que en mí convergen y:

CONSIDERANDO:

1.Que la Gran Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales entregó al Pleno del Supremo Consejo Omega -en tiempo y forma- su proyecto de Constitución.

2.Que el Pleno del Supremo Consejo Omega, constituido en Cámara Legislativa, durante su primera sesión equinoccial del pasado 19 de marzo del presente año, procedió a desahogar el mencionado proyecto de Constitución, recibiendo los dictámenes de las subcomisiones correspondientes, y

3.Que el día 20 del mismo mes, fueron turnados los respectivos dictámenes al Santo Imperio -tornado Constituyente- se despacharon punto por punto los dictámenes del legislativo. Habiéndose hecho las observaciones que resultaron procedentes y habiendo sido aprobados por unanimidad por el Constituyente, se produjo el documento final que, siendo debidamente juramentado, se turnó al Ejecutivo para su promulgación.

4.Que hoy, día 21 de marzo del 2010 de la era vulgar, en acatamiento al mandato de esa Soberanía, en mi caracter de Muy Poderoso Soberano Gran Comendador y Gran Maestre de la Orden de la Orden:

PROMULGO

La Constitución del Supremo Consejo Omega de la República Mexicana, ordenando lo siguiente:

I. Su vigencia plena a partir de la fecha, para todos los miembros de esta Obediencia.
II. Su impresión y publicación, para ser entregada de manera individual y no transferible, ni reproducible bajo ningún medio o procedimiento, sea este faccimilar o electrónico, a todos los Cuerpos y miembros de la Jurisdicción, contra riguroso recibo.
III. La difusión -a través del Boletín Oficial del Supremo Consejo Omega- exclusivamente de aquellas partes de este documento fundamental que tengan relación con la Masonería en General, previa autorización del Asilo Sagrado.
IV. La reserva bajo juramento de sigilo de las ordenanzas constitucionales que tengan que ver con su gobierno interno.
V. Entréguese una única copia facsimilar al I.'.P.'.H.'. Cristóbal Bernal Pedroza, 33o Cronista e Historiador de este Supremo Consejo Omega y Embajador del hermano Supremo Consejo Omega de la República de Colombia, para el cumplimiento de su Alta Comisión.

Quede su original a disposición de los que en la formulación del documento intervinieron, ordenándose que paseis a la Gran Secretaría General de las 19 a las 21horas durante el período de una semana, a partir del 22 de los corrientes, concluyendo el 26 del actual para que estampeís vuestra firma autógrafa en el histórico documento y podáis reclamar vuestro Certificado de Constituyentes.

¡CÚMPLASE!

Zenit de Tijuana, Baja California, México a 21 de marzo del 2010 de la era vulgar.
Día 6 del mes masónico de Nisan del 5770 V.'.L.'.

(Rúbrica)
I.'.P.'.H.'. ROGELIO AMARAL BARRAGÁN, 33o
Muy Poderoso Soberano Gran Comendador y Gran Maestre de la Orden

(Rúbrica)
I.'.P.'.H.'. GERARDO BALCÁZAR ENRÍQUEZ, 33o
Gran Secretario General

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