Gran Logia Constitucional del Perú
El Gran Maestre de la Gran Logia Constitucional de los Antiguos Libres y Aceptados Masones de la República del Perú a la fecha ha emitido el decreto Nº 010-2010, cuyo tenor literal es el siguiente:
JULIO CARLOS PACHECO GIRÓN
GRAN MAESTRO DE LA GRAN LOGIA CONSTITUCIONAL DEL PERU
DECRETO Nº 010-2010
Considerando:
Que, de conformidad a la Constitución, las elecciones de los CC:. De DD:. Y OO:. De las RR:. LL:.SS:. de la jurisdicción y obediencia son convocadas por el Gran Maestre.
Que es necesario la renovación democrática de los Cuadros Logiales, concordantes con la Constitución y Estatutos.
Que según los usos y costumbres, deberán llevarse a cabo elecciones de DD:. Y OO:. De las RR:. LL:. SS:. De la obediencia en el mes de Mayo de cada año.
El Gabinete asesor concordante con la Constitución y estatutos de la Gran Logia Constitucional del Perú
Decreta:
Art. 1º.- Convóquese a elecciones de DD:. Y OO:. De las RR:.LL:.SS:. jurisdiccionales a la Gran Logia Constitucional del Perú
Art. 2º.- Comuníquese al Jurado Electoral Autónomo a fin de que establezca el calendario y las pautas necesarias para las elecciones de las Logias Jurisdiccionales .
Art. 3º.- Las RR:.LL:.SS:. de la Jurisdicción deberán estar a plomo con la Gran Logia, hasta el mes de Mayo inclusive.
Dado en el Gabinete de la Gran Maestría, a los diecisiete días del mes de mayo del año 2010 e:v:.
Registrese, comuníquese y ejecútese.
Que es necesario la renovación democrática de los Cuadros Logiales, concordantes con la Constitución y Estatutos.
Que según los usos y costumbres, deberán llevarse a cabo elecciones de DD:. Y OO:. De las RR:. LL:. SS:. De la obediencia en el mes de Mayo de cada año.
El Gabinete asesor concordante con la Constitución y estatutos de la Gran Logia Constitucional del Perú
Decreta:
Art. 1º.- Convóquese a elecciones de DD:. Y OO:. De las RR:.LL:.SS:. jurisdiccionales a la Gran Logia Constitucional del Perú
Art. 2º.- Comuníquese al Jurado Electoral Autónomo a fin de que establezca el calendario y las pautas necesarias para las elecciones de las Logias Jurisdiccionales .
Art. 3º.- Las RR:.LL:.SS:. de la Jurisdicción deberán estar a plomo con la Gran Logia, hasta el mes de Mayo inclusive.
Dado en el Gabinete de la Gran Maestría, a los diecisiete días del mes de mayo del año 2010 e:v:.
Registrese, comuníquese y ejecútese.
Julio Carlos Pacheco Girón
Gran Maestro
Francisco Llerena Boccolini
Gran Secretario