Por Q:.H:. Juan Orrego
R:.L;.S;. Fenix No. 137
Valle de Lima
Oriente del Peru
El Congreso de Tucumán fue una asamblea legislativa y constituyente de las Provincias Unidas del Río de la Plata, actualmente la República Argentina, que sesionó – inicialmente en la ciudad de San Miguel de Tucumán, y posteriormente en la de Buenos Aires – entre los años 1816 y 1820. Se lo recuerda especialmente por haber sancionado la Declaración de independencia de la Argentina y la Constitución Argentina de 1819
Declaración de independencia de la Argentina
La declaración de independencia de la Argentina fue una decisión tomada por el Congreso de Tucumán que sesionó en la ciudad de San Miguel de Tucumán de las entonces Provincias Unidas en Sudamérica. Fue proclamada el 9 de julio de 1816 en la casa que era propiedad de Francisca Bazán de Laguna, la cual fue declarada Monumento Histórico Nacional en 1941. Con dicha declaración, se rompían los vínculos de dependencia política que los gobiernos locales tenían con la monarquía española
La convocatoria al Congreso
En lugar de Alvear, el Cabildo de Buenos Aires eligió al general José Rondeau, que ejercía su cargo desde el norte del país, y a un Director Sustituto en la capital. Provisionalmente, el poder legislativo fue ejercido por una Junta de Observación, nombrada también por el Cabildo. La formaban Pedro Medrano, Esteban Agustín Gascón, José Mariano Serrano, Antonio Sáenz y Tomás Manuel de Anchorena.
Esta Junta sancionó un "estatuto provisional" el 5 de mayo de 1815, que regiría los actos del Director Supremo y de los gobiernos de provincia. En la práctica, el Estatuto nunca llegó a tener vigencia efectiva. Pero merece ser recordado por su artículo número 30, que establecía que el Director,
"...luego que se posesione del mando, invitará, con particular esmero y eficacia, a todas las ciudades y villas de las provincias interiores para el pronto nombramiento de diputados que haya de formar la Constitución, los cuales deberán reunirse en la ciudad de Tucumán."
La elección de la ciudad de Tucumán se debía a los ingentes problemas que había debido enfrentar la Asamblea del Año XIII por la negativa de los federales de someterse a la influencia porteña. De hecho, en las famosas instrucciones del año 1813, los representantes orientales habían exigido que el gobierno no se estableciese en la ciudad de Buenos Aires. El Estatuto había sido redactado bajo la impresión de una revolución hecha en alianza con los federales, y la Junta había cedido a esa exigencia. De todos modos, ésta eligió reunir el Congreso en Tucumán, una ciudad muy lejos de la influencia de Artigas, explicando que era porque ésta quedaba aproximadamente en el centro del ex Virreinato, además de estar protegido por el Ejército del Norte, cuyo cuartel general estaba en esa ciudad.
Las sesiones se iniciaron el 24 de marzo de 1816, con la presencia de 33 diputados. Para las sesiones se alquiló una casa, propiedad de Francisca Bazán de Laguna, que sería declarada Monumento Histórico Nacional en 1941.
Los diputados
Por Buenos Aires:
- Tomás Manuel de Anchorena,
- José Darragueira,
- Esteban Agustín Gascón,
- Pedro Medrano,
- Juan José Paso,
- Cayetano José Rodríguez y
- Antonio Sáenz.
Por Catamarca:
- Manuel Antonio Acevedo y
- José Eusebio Colombres.
Por Córdoba:
- José Antonio Cabrera,
- Miguel Calixto del Corro,
- Eduardo Pérez Bulnes y
- Jerónimo Salguero de Cabrera y Cabrera.
Por Charcas:
- José Severo Malabia,
- Mariano Sánchez de Loria y
- José Mariano Serrano.
Por Chichas:
- José Andrés Pacheco de Melo, y
- Juan José Feliciano Fernández Campero.
Por Jujuy:
- Teodoro Sánchez de Bustamante.
Por La Rioja:
- Pedro Ignacio de Castro Barros.
Por Mendoza:
- Tomás Godoy Cruz y
- Juan Agustín Maza.
Por Mizque:
- Pedro Ignacio Rivera.
Por Salta:
- Mariano Boedo,
- José Ignacio de Gorriti y
- José Moldes.
Por San Juan:
- Francisco Narciso de Laprida y
- Justo Santa María de Oro.
Por San Luis:
- Juan Martín de Pueyrredón.
Por Santiago del Estero:
- Pedro León Gallo y
- Pedro Francisco de Uriarte.
Por Tucumán:
- Dr. Pedro Miguel Aráoz y
- Dr. José Ignacio Thames.
Dieciocho de ellos eran abogados, nueve de ellos, sacerdotes, y dos más eran frailes, mientras que los otros cuatro eran militares.
Varios territorios de las provincias del Alto Perú, que habían pertenecido al Virreinato del Río de la Plata no pudieron hacer llegar sus representantes por haber sido reconquistados por los realistas. Tal fue el caso de La Paz, Cochabamba, Santa Cruz de la Sierra y Potosí. Durante la tercera expedición auxiliadora al Alto Perú habían sido electos los diputados por Chichas, Charcas y Mizque, pero sólo algunos de ellos llegaron a incorporarse.
De las provincias de la Liga Federal, la Banda Oriental, Corrientes, Entre Ríos, Misiones y Santa Fe, no enviaron sus representantes, por estar de hecho en una situación de guerra civil con el gobierno central. Sólo la provincia de Córdoba – que también se consideraba miembro de la Liga, pero no estaba aún en guerra con el Directorio – envió sus representantes, todos ellos de clara inclinación hacia el federalismo.
Por su parte, el Paraguay había de hecho declarado su independencia, tanto de España como de las Provincias Unidas.
A C T A
Declarada por el Congreso de las Provincias Unidas en Sudamérica
En la benemérita y muy digna ciudad de San Miguel de Tucumán a nueve días del mes de julio de 1816: terminada la sesión ordinaria, el Congreso de las Provincias Unidas continuó sus anteriores discusiones sobre el grande, augusto y sagrado objeto de la independencia de los pueblos que lo forman. Era universal, constante y decidido el clamor del territorio por su emancipación solemne del poder despótico de los reyes de España, los representantes sin embargo consagraron a tan arduo asunto toda la profundidad de sus talentos, la rectitud de sus intenciones e interés que demanda la sanción de la suerte suya pueblos representados y posteridad. A su término fueron preguntados ¿Si quieren que las provincias de la Unión fuese una nación libre e independiente de los reyes de España y su metrópoli? Aclamaron primeramente llenos de santo ardor de la justicia, y uno a uno reiteraron sucesivamente su unánime y espontáneo decidido voto por la independencia del país, fixando en su virtud la declaración siguiente:
D E C L A R A C I O N
"Nos los representantes de las Provincias Unidas en Sud América, reunidos en congreso general, invocando al Eterno que preside el universo, en nombre y por la autoridad de los pueblos que representamos, protestando al Cielo, a las naciones y hombres todos del globo la justicia que regla nuestros votos: declaramos solemnemente a la faz de la tierra, que es voluntad unánime e indubitable de estas Provincias romper los violentos vínculos que los ligaban a los reyes de España, recuperar los derechos de que fueron despojados, e investirse del alto carácter de una nación libre e independiente del rey Fernando séptimo, sus sucesores y metrópoli. Quedan en consecuencia de hecho y de derecho con amplio y pleno poder para darse las formas que exija la justicia, e impere el cúmulo de sus actuales circunstancias.
Todas y cada una de ellas así lo publican, declaran y ratifican comprometiéndose por nuestro medio al cumplimiento y sostén de esta su voluntad bajo el seguro y garantía de sus vidas haberes y fama. Comuníquese a quienes corresponda para su publicación. Y en obsequio del respeto que se debe a las naciones, detállense en un manifiesto los gravísimos fundamentos impulsivos de esta solemne declaración." Dada en la sala de sesiones, firmada de nuestra mano, sellada con el sello del Congreso y refrendada por nuestros diputados secretarios.
El 19 de julio, en sesión secreta, el diputado Medrano hizo aprobar una modificación a la fórmula del juramento. Donde decía «independiente del rey Fernando VII, sus sucesores y metrópoli», se añadió: "...y toda otra dominación extranjera"
Firmantes de la Declaración de la Independencia
Declaración de la Independencia de las Provincias Unidas en Sudamérica, redactada en español y quechua.
Presidente
Francisco Narciso de Laprida, representante por San Juan
Vicepresidente
Mariano Boedo, representante por Salta
Secretarios
José Mariano Serrano, representante por Charcas
Juan José Paso, representante por Buenos Aires
Diputados
Por Buenos Aires
- Dr. Antonio Sáenz
- Dr. José Darragueira
- Fray Cayetano José Rodríguez
- Dr. Pedro Medrano
- Dr. Esteban Agustín Gascón
- Dr. Tomás Manuel de Anchorena
Por Catamarca
- Dr. Manuel Antonio Acevedo
- Dr. José Eusebio Colombres
Por Córdoba
- Eduardo Pérez Bulnes
- José Antonio Cabrera
- Lic. Jerónimo Salguero de Cabrera y Cabrera
Por Jujuy
- Dr. Teodoro Sánchez de Bustamante
Por La Rioja
- Dr. Pedro Ignacio de Castro Barros
Por Mendoza
- Tomás Godoy Cruz
- Dr. Juan Agustín Maza
Por Salta
- Dr. José Ignacio de Gorriti
Por San Juan
- Fray Justo Santa María de Oro
Por Santiago del Estero
- Pedro Francisco de Uriarte
- Pedro León Gallo
Por Tucumán
- Dr. Pedro Miguel Aráoz
- Dr. José Ignacio Thames
Por Mizque
- Pedro Ignacio Rivera
Por Charcas
- Dr. Mariano Sánchez de Loria
- Dr. José Severo Malabia
Por Chichas
- Dr. José Andrés Pacheco de Melo
Estuvieron imposibilitados de presentarse cuatro diputados:
- el coronel José Moldes (Salta), que se encontraba detenido en Salta;
- el coronel Juan José Feliciano Fernández Campero (Chichas), que estaba al mando de tropas en el frente de combate;
- el presbítero Miguel Calixto del Corro (Córdoba), que estaba realizando una misión diplomática ante José Artigas.
- el diputado Juan Martin de Pueyrredon (San Luis), que habia viajado a Buenos Aires para asumir el cargo de Director Supremo.