“AÑO DEL ENCUENTRO DE LA MASONERIA UNIVERSAL ”
A.·. L.·. G.·. D.·. G.·. A.·. D.·. U.·.
A.·. L.·. G.·. D.·. G.·. A.·. D.·. U.·.
AA.·., LL.·. Y AA.·. MASONES DE LA REPUBLICA DEL PERU
JULIO CARLOS PACHECO GIRON
GRAN MAESTRE DE LA GRAN LOGIA CONSTITUCIONAL DEL PERU
DECRETO Nº 026 - 2010
CONSIDERANDO:
- Que, la Masonería Universal promueve y practica la fraternidad, tolerancia y solidaridad entre sus miembros.
- Que, la Masonería a través de los tiempos, viene trabajando por la integración de los principios masónicos en beneficio de la sociedad.
- Que, la Masonería Moderna y Liberal históricamente proclama la asistencia y apoyo mutuo a las Respetables Logias Simbólicas y sus miembros que lo soliciten, de acuerdo a los usos y costumbres universales.
- Que, habiendo tocado las puertas de la Gran Logia Constitucional del Perú, LA RESPETABLE LOGIA FEMENINA APODICTICA LA PLATA Nº 2 del valle de La Plata – Buenos Aires del Oriente de Argentina. Solicitando la protección, auspicio e incorporación, con acuerdo unánime de todos sus miembros según acta de fecha 27 de Septiembre del 2010.
- Que es uso y costumbre de La Masonería Universal amparar dentro su jurisdicción a la Respetable Logia Simbólica solicitante y a los Hermanos que la conforman, a fin de que puedan trabajar masonicamente en Paz y Armonía para el fortalecimiento de sus templos espirituales.
- Que LA RESPETABLE LOGIA FEMENINA APODICTICA LA PLATA Nº 2 ha cumplido con enviar todos los requisitos necesarios para ser aceptados como miembros activos de nuestra jurisdicción.
DECRETA:
Art. 1.- Aceptar la incorporación de la LA RESPETABLE LOGIA FEMENINA APODICTICA LA PLATA del valle de La Plata – Buenos Aires, del Oriente de Argentina, la que trabajara bajo la jurisdicción y protección de la Muy Respetable Gran Logia Constitucional del Perú.
Art. 2.- Autorícese a La Gran Secretaria incorporar en los Registros de La Gran Logia a las 22 hermanas de LA RESPETABLE LOGIA FEMENINA APODICTICA LA PLATA así como todo aquello que permita a dichas Hermanas el goce de sus derechos y prerrogativas masónicas y sus derechos universales plenos.
Art. 3.- En uso de sus facultades, el Gran Maestre teniendo plena fe y confianza en los conocimientos masónicos prudencia y fidelidad autoriza el otorgamiento de la carta constitutiva a la LA RESPETABLE LOGIA FEMENINA APODICTICA LA PLATA del valle de La Plata – Buenos Aires del Oriente de Argentina, bajo las enseñanzas del Rito Escoses Antiguo y Aceptado con el Numeral 20º que le corresponde de acuerdo a las Logias de la Jurisdicción.
Art. 4.- Saludar y felicitar a todos los RR:. y QQ:. HH:. que en adelante se denominara de la siguiente manera LA RESPETABLE LOGIA FEMENINA APODICTICA LA PLATA Nº 20 del valle de La Plata – Buenos Aires, del Oriente de Argentina, dándoseles la mas fraterna y cordial bienvenida al consenso de las RR:. LL:. SS:: de nuestra jurisdicción.
Art.5.- Comuníquese a todas las Potencias Masónicas, con las que mantenemos Tratados de Amistad y solidaridad,
Dado en Gabinete de la Gran Maestría a los 05 días del mes de Noviembre del 2010 e.·.v.·.
Regístrese, comuníquese y dese cuenta.
R:.H:. Francisco Llerena Boccolini
Gran Secretario
M.:R.:H.: Julio Carlos Pacheco Girón 33º
Gran Maestro