CIRCULAR CIMAS N° 059/08
Abril, 21 de 2008 e.·.v.·.
Ilustres Dignatarios,
Mis Hermanos y Hermanas:
Hemos recibido la Comunicación que figura en Anexo, de parte del Ilustre y Poderoso H.·. Luis Ragno, Gran Maestro del Gran Oriente Federal de la República Argentina (GOFRA), Potencia Masónica miembro de nuestra Confederación, con la importante novedad de la firma de un Tratado de Amistad y Reconocimiento entre el GOFRA y la Gran Logia Simbólica Española.
Este es un importante paso de nuestros Queridos Hermanos argentinos, que agranda la cadena universal de la masonería liberal y adogmática, y refuerza de esta manera nuestra propuesta masónica en nuestro continente.
En particular, deseo remarcar el alto espíritu de progreso que preside este Tratado, en particular, su apego a las formas democráticas de practicar la masonería, el respeto de la Libertad Absoluta de Conciencia, y el compromiso asegurado por las dos Potencias firmantes, de "fomentar el Hermanamiento de los pueblos; difundir y luchar por la vigencia de los Derechos Humanos contenidos en la Declaración Universal de las Naciones Unidas, a trabajar para propagar los ideales republicanos y la laicidad, por la vigencia de la democracia y por el progreso cultural, social y material de sus respectivas sociedades".
Enviamos nuestras congratulaciones a ambas potencias firmantes, al tiempo de expresar el deseo de que este tipo de convenios continúen acercando a las diversas entidades masónicas liberales, de manera de continuar fortificando la corriente de cambio que protagoniza la masonería liberal y adogmática en nuestro continente y en el mundo.
Les envío a todas y todos, los Fraternales Abrazos.
Vuestro H.·.
Elbio Laxalte Terra
Presidente de CIMAS
ANEXO
Comunicación del Respetable Gran Maestro del GOFRA, I.·. y Pod.·. H.·. Luis Ragno
QQ.·.HH.·.
Es un honor poder dirigirme a todos vosotros para informaros que ya obra en nuestro poder el Convenio de Amistad y Reconocimiento celebrado entre la GRAN LOGIA SIMBOLICA ESPAÑOLA -GLSE- y el GRAN ORIENTE FEDERAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA -GOFRA-, rubricado por Serenísimo Gran Maestro, Jordi Farrerons y el Gran Maestro Adjunto Manel Mor, por parte de la GLSE; y por el Ex-Gran Maestre, José Valerio y por mí, por parte del GOFRA.
El presente Convenio es un reconocimiento más de las actividades que el GOFRA está desplegando tanto a nivel logial como en su participación en el desarrollo de la Masonería Liberal, Adogmática y Progresista que defiende y persigue la Libertad Absoluta de Conciencia en toda la humanidad.
Hasta este momento el GOFRA ha firmado Tratados de Amistad y Reconocimiento con:
. Gran Oriente Francmasónico Mixto Universal (Uruguay)
. Gran Oriente Masónico Chileno
. Federación Colombiana de Logias Simbólicas (Barranquilla, Colombia)
. Gran Logia Constitucional del Perú
. Gran Logia Arquitectos de Aquarius (Brazil)
. Gran Oriente Ecuatoriano Nueva Era
. Gran Logia Tradicional de Portugal
. Gran Logia Simbólica Española
Que el G.·.A.·.D.·.U.·. guíe y conduzca nuestros trabajos.
S.·.F.·.U.·.
Luis Ragno
M.·.R.·.G.·.M.·.
G.·.O.·.F.·.R.·.A.·.
CONVENIO DE AMISTAD Y RECONOCIMIENTO
Entre los abajo firmantes:
El Gran Oriente Federal de la República Argentina Representada por su Muy Respetable Gran Maestre, Luis Ragno de una parte,
Y, La Gran Logia Simbólica Española Representada por el Serenísimo Gran Maestro, Jordi Farrerons de otra parte.
Declaran:
Que las dos Obediencias firmantes del presente convenio afirman su objetivo en la defensa de la dignidad humana y se reafirman en favorecer, mediante sus trabajos la mejora material y moral de la humanidad.
Que fundamentan sus procesos respectivos en el respeto de la libertad absoluta de consciencia ; para ello velan para asegurar el respeto en sus trabajos y se consagran a promoverlo mediante la acción de sus miembros.
Que confirman su empeño en los principios y reglas democráticas.
Conscientes de la necesidad de operar un acercamiento fraternal entre las Obediciencias adogmáticas y liberales.
Cuidadosas de conducir conjuntamente, dentro del respeto de la singularidad cultural y histórica que se encarna en cada una de ellas, la realización de los objetivos que se han asignado.
Acuerdan:
Artículo 1
Las Obediencias abajo firmantes, investidas de la potestad masónica que les confieren las patentes de las cuales son titulares, deciden desarrollar, entre ellas, las relaciones de amistad fraternal, de cooperación y de intercambio.
Artículo 2
Cada Obediencia signataria conserva la plena soberanía sobre los territorios de su jurisdicción.
Artículo 3
Las Obediencias firmantes establecerán los contactos útiles para la ejecución del presente acuerdo, mediante sus Grandes Secretarios en Asuntos Exteriores.
Artículo 4
Para el reconocimiento en las visitas recíprocas de los miembros regulares, las Potencias Signatarias se comprometen a informarse mutuamente de los documentos reglamentarios de identificación masónica
Artículo 5
Ninguna de las Potencias Signatarias aceptará la afiliación de Logias desvinculadas de la otra Potencia -- salvo mediante consentimiento expreso de su Gran Maestro
Artículo 6
Se expresa particularmente que ciertos talleres pertenecientes a cada Obediencia signataria tendrán la facultad de realizar un convenio de hermanamiento.
Artículo 7
El presente convenio podrá rescindirse, sea de común acuerdo entre las partes, sea de forma unilateral.
En todo caso, la ruptura tendrá efectos a partir de un preaviso de seis meses mínimo.
Artículo 8
Las Potencias Signatarias podrán intercambiar, cuando sea necesario, informaciones sobre sus cuadros, Elecciones nuevas, Administraciones, Admisiones y Eliminaciones, así como las de carácter cultural e iniciático, Boletines, Estatutos, Constituciones y Reglamentos
Artículo 9
Las Potencias Signatarias se comprometen a fomentar el Hermanamiento de los pueblos; difundir y luchar por la vigencia de los Derechos Humanos contenidos en la Declaración Universal de las Naciones Unidas, a trabajar para propagar los ideales republicanos y la laicidad, por la vigencia de la democracia y por el progreso cultural, social y material de sus respectivas sociedades
Artículo 10
El presente TRATADO DE AMISTAD Y RECONOCIMIENTO entrará en vigor por tiempo indeterminado a partir de su firma por los respectivos representantes legales.
En virtud de lo anterior, las Obediencias han decidido:
• Intercambiar sus estatutos, Constitución y Reglamentos Generales respectivos, las futuras modificaciones así como todo elemento jurídico garantizando la legalidad de sus constituciones como asociación de derecho civil.
• Intercambiar los rituales de 1er, 2do y 3er Grados de los ritos y ceremonias masónicas que cada una de las partes reconozca y practique, así como sus futuras modificaciones.
• Notificarse todas las convocatorias a las asambleas generales ordinarias y extraordinarias que cada parte organice.
• De informarse recíprocamente de los cambios en el seno de las Ejecutivas respectivas.
• De notificarse respectivamente los acuerdos y convenciones de colaboración signados con otras potencias o cuerpos masónicas, así como sus modificaciones o denuncias.
• De participar en todas las iniciativas de instancias de cada parte que pudieran interesar la otra.
Abril, 21 de 2008 e.·.v.·.
Ilustres Dignatarios,
Mis Hermanos y Hermanas:
Hemos recibido la Comunicación que figura en Anexo, de parte del Ilustre y Poderoso H.·. Luis Ragno, Gran Maestro del Gran Oriente Federal de la República Argentina (GOFRA), Potencia Masónica miembro de nuestra Confederación, con la importante novedad de la firma de un Tratado de Amistad y Reconocimiento entre el GOFRA y la Gran Logia Simbólica Española.
Este es un importante paso de nuestros Queridos Hermanos argentinos, que agranda la cadena universal de la masonería liberal y adogmática, y refuerza de esta manera nuestra propuesta masónica en nuestro continente.
En particular, deseo remarcar el alto espíritu de progreso que preside este Tratado, en particular, su apego a las formas democráticas de practicar la masonería, el respeto de la Libertad Absoluta de Conciencia, y el compromiso asegurado por las dos Potencias firmantes, de "fomentar el Hermanamiento de los pueblos; difundir y luchar por la vigencia de los Derechos Humanos contenidos en la Declaración Universal de las Naciones Unidas, a trabajar para propagar los ideales republicanos y la laicidad, por la vigencia de la democracia y por el progreso cultural, social y material de sus respectivas sociedades".
Enviamos nuestras congratulaciones a ambas potencias firmantes, al tiempo de expresar el deseo de que este tipo de convenios continúen acercando a las diversas entidades masónicas liberales, de manera de continuar fortificando la corriente de cambio que protagoniza la masonería liberal y adogmática en nuestro continente y en el mundo.
Les envío a todas y todos, los Fraternales Abrazos.
Vuestro H.·.
Elbio Laxalte Terra
Presidente de CIMAS
ANEXO
Comunicación del Respetable Gran Maestro del GOFRA, I.·. y Pod.·. H.·. Luis Ragno
QQ.·.HH.·.
Es un honor poder dirigirme a todos vosotros para informaros que ya obra en nuestro poder el Convenio de Amistad y Reconocimiento celebrado entre la GRAN LOGIA SIMBOLICA ESPAÑOLA -GLSE- y el GRAN ORIENTE FEDERAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA -GOFRA-, rubricado por Serenísimo Gran Maestro, Jordi Farrerons y el Gran Maestro Adjunto Manel Mor, por parte de la GLSE; y por el Ex-Gran Maestre, José Valerio y por mí, por parte del GOFRA.
El presente Convenio es un reconocimiento más de las actividades que el GOFRA está desplegando tanto a nivel logial como en su participación en el desarrollo de la Masonería Liberal, Adogmática y Progresista que defiende y persigue la Libertad Absoluta de Conciencia en toda la humanidad.
Hasta este momento el GOFRA ha firmado Tratados de Amistad y Reconocimiento con:
. Gran Oriente Francmasónico Mixto Universal (Uruguay)
. Gran Oriente Masónico Chileno
. Federación Colombiana de Logias Simbólicas (Barranquilla, Colombia)
. Gran Logia Constitucional del Perú
. Gran Logia Arquitectos de Aquarius (Brazil)
. Gran Oriente Ecuatoriano Nueva Era
. Gran Logia Tradicional de Portugal
. Gran Logia Simbólica Española
Que el G.·.A.·.D.·.U.·. guíe y conduzca nuestros trabajos.
S.·.F.·.U.·.
Luis Ragno
M.·.R.·.G.·.M.·.
G.·.O.·.F.·.R.·.A.·.
CONVENIO DE AMISTAD Y RECONOCIMIENTO
Entre los abajo firmantes:
El Gran Oriente Federal de la República Argentina Representada por su Muy Respetable Gran Maestre, Luis Ragno de una parte,
Y, La Gran Logia Simbólica Española Representada por el Serenísimo Gran Maestro, Jordi Farrerons de otra parte.
Declaran:
Que las dos Obediencias firmantes del presente convenio afirman su objetivo en la defensa de la dignidad humana y se reafirman en favorecer, mediante sus trabajos la mejora material y moral de la humanidad.
Que fundamentan sus procesos respectivos en el respeto de la libertad absoluta de consciencia ; para ello velan para asegurar el respeto en sus trabajos y se consagran a promoverlo mediante la acción de sus miembros.
Que confirman su empeño en los principios y reglas democráticas.
Conscientes de la necesidad de operar un acercamiento fraternal entre las Obediciencias adogmáticas y liberales.
Cuidadosas de conducir conjuntamente, dentro del respeto de la singularidad cultural y histórica que se encarna en cada una de ellas, la realización de los objetivos que se han asignado.
Acuerdan:
Artículo 1
Las Obediencias abajo firmantes, investidas de la potestad masónica que les confieren las patentes de las cuales son titulares, deciden desarrollar, entre ellas, las relaciones de amistad fraternal, de cooperación y de intercambio.
Artículo 2
Cada Obediencia signataria conserva la plena soberanía sobre los territorios de su jurisdicción.
Artículo 3
Las Obediencias firmantes establecerán los contactos útiles para la ejecución del presente acuerdo, mediante sus Grandes Secretarios en Asuntos Exteriores.
Artículo 4
Para el reconocimiento en las visitas recíprocas de los miembros regulares, las Potencias Signatarias se comprometen a informarse mutuamente de los documentos reglamentarios de identificación masónica
Artículo 5
Ninguna de las Potencias Signatarias aceptará la afiliación de Logias desvinculadas de la otra Potencia -- salvo mediante consentimiento expreso de su Gran Maestro
Artículo 6
Se expresa particularmente que ciertos talleres pertenecientes a cada Obediencia signataria tendrán la facultad de realizar un convenio de hermanamiento.
Artículo 7
El presente convenio podrá rescindirse, sea de común acuerdo entre las partes, sea de forma unilateral.
En todo caso, la ruptura tendrá efectos a partir de un preaviso de seis meses mínimo.
Artículo 8
Las Potencias Signatarias podrán intercambiar, cuando sea necesario, informaciones sobre sus cuadros, Elecciones nuevas, Administraciones, Admisiones y Eliminaciones, así como las de carácter cultural e iniciático, Boletines, Estatutos, Constituciones y Reglamentos
Artículo 9
Las Potencias Signatarias se comprometen a fomentar el Hermanamiento de los pueblos; difundir y luchar por la vigencia de los Derechos Humanos contenidos en la Declaración Universal de las Naciones Unidas, a trabajar para propagar los ideales republicanos y la laicidad, por la vigencia de la democracia y por el progreso cultural, social y material de sus respectivas sociedades
Artículo 10
El presente TRATADO DE AMISTAD Y RECONOCIMIENTO entrará en vigor por tiempo indeterminado a partir de su firma por los respectivos representantes legales.
En virtud de lo anterior, las Obediencias han decidido:
• Intercambiar sus estatutos, Constitución y Reglamentos Generales respectivos, las futuras modificaciones así como todo elemento jurídico garantizando la legalidad de sus constituciones como asociación de derecho civil.
• Intercambiar los rituales de 1er, 2do y 3er Grados de los ritos y ceremonias masónicas que cada una de las partes reconozca y practique, así como sus futuras modificaciones.
• Notificarse todas las convocatorias a las asambleas generales ordinarias y extraordinarias que cada parte organice.
• De informarse recíprocamente de los cambios en el seno de las Ejecutivas respectivas.
• De notificarse respectivamente los acuerdos y convenciones de colaboración signados con otras potencias o cuerpos masónicas, así como sus modificaciones o denuncias.
• De participar en todas las iniciativas de instancias de cada parte que pudieran interesar la otra.