Hermanos Míos:
Ya habíamos advertido el desmesurado interés del “Gran Maestro” actual(MANUEL MANRIQUE), de a cualquier costo convencer a un número significativo de Diputados que apoyen sus protervos propósitos, y así seguir atacando la institucionalidad y la normatividad legal de la G:. L:. P:..
Lo dicho. Pretende ahora manchar el proceso eleccionario, para facilitar la postulación de algún ó algunos candidatos a Gran Maestro, que no reúnen los requisitos señalados por la Constitución, pero que probablemente cuentan con una escala de valores similar a la que él practica.
Les traigo la opinión clara, veraz y valiente de un Maestro Masón digno.
Dice así. . .
Ya habíamos advertido el desmesurado interés del “Gran Maestro” actual(MANUEL MANRIQUE), de a cualquier costo convencer a un número significativo de Diputados que apoyen sus protervos propósitos, y así seguir atacando la institucionalidad y la normatividad legal de la G:. L:. P:..
Lo dicho. Pretende ahora manchar el proceso eleccionario, para facilitar la postulación de algún ó algunos candidatos a Gran Maestro, que no reúnen los requisitos señalados por la Constitución, pero que probablemente cuentan con una escala de valores similar a la que él practica.
Les traigo la opinión clara, veraz y valiente de un Maestro Masón digno.
Dice así. . .
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El día 18/10/09, Carlos Hamann escribió:
RR:. y QQ:. HH:.
Al volver de la 9na Gr:. Asamblea el lunes pasado compartí con vosotros una breve reseña -sin logos- de lo allí ocurrido. En la misma -abajo copiada- incluyo la siguiente frase: "Afortunadamente, no se confirmaron los rumores respecto a una moción para relajar los requisitos requeridos por la Constitución a los postulantes a GM:. y Vice G:.M:."
Pocas horas despues, se nos comunica que a poco de iniciarse la Gr:. Asam:., representantes de 22 Logias presentan una Moción de Orden cuyo único objetivo es dejar sin efecto el artículo 65 de nuestra Constitución.
Podrán vestirlo o presentarlo del modo que quieran, pero estas 22 Llog:. lo único que están buscando es permitir la candidatura de quienes no cuentan con los requisitos constitucionales para hacerlo. ¡Pensar que estas mismas Logias votaron en favor de estos requisitos al aprobar la Constitución hace tan poco tiempo!
Me explico, según la Constitución (art. 65) pueden presentarse como candidatos a la Gran Maestría o Vice Gran Maestría, los PP:.VV:.MM:. o Ex VV:. MM:. que tengan siete años de regularidad activa inmediatos anteriores a la inscripción de su candidatura.
¿Podemos considerar que hay regularidad activa inmediata cuando ésta ha sido interrumpida y luego retomada? Es obvio que no
El término "inmediatos anteriores" fue incorporado al texto constitucional en su reforma justamente para evitar caer en el desorden interpretativo que ahora 22 Log:. nos proponen.
De haberse querido consagrar lo que ahora propone la Moción de Orden hubiera bastado decir que pueden ser candidatos "los Past o Ex VV:.MM:. que sumen cuando menos siete años de actividad regular como M:.M:."
Lamentablemente, esta propuesta no se reduce a un ejercicio teórico de interpretación normativa, sino que se traduce en intereses particulares –
¡MASONES! ¿No nos hemos Inic:. acaso para trabajar nuestra propia piedra bruta y librarnos de la ambición personal, de la búsqueda de cargos y prebendas?
Queremos un proceso electoral que sea una fiesta de renovación de autoridades, no una ocasión para profundizar nuestras diferencias. Queremos que nuestro nuevo Gran Maestro asuma el cargo libre de cuestionamientos sobre la idoneidad de su candidatura, que asumiéndolo no tenga que dedicarse a defenderse de acusaciones -procedentes o no- si no a trabajar por el engrandecimiento de nuestra Aug:. Ord:. desde el primer día, queremos que menos aún sienta predisposición a imponer sanciones contra sus ocasionales rivales electorales o sus patrocinadores.
¡MASONES! Elevémonos al plano espiritual y desde allí trabajemos para nuestra Ord:., para nuestros HH:., en favor de la Llog: que recién levantan CCol:. o que se despiertan de un periodo de sueños, de aquellas que están recuperando su Templos o construyéndolos. Tenemos mucho de que estar orgullosos, no nos manchemos.
A las LLog:. firmantes de la Moción de Orden les pido recapaciten y la retiren -o retiren su firma-, que felizmente no la han hecho irrevocable!!!
A los PP:.GG:.MM:. y al G:.M:. les pido una cerrada defensa de nuestra Constitución!!!
Recibid un fraternal saludo,
Carlos D. Hamann, V:.M:.
R:.L:.S:. Enrique Meiggs No. 34
RR:. y QQ:. HH:.
Al volver de la 9na Gr:. Asamblea el lunes pasado compartí con vosotros una breve reseña -sin logos- de lo allí ocurrido. En la misma -abajo copiada- incluyo la siguiente frase: "Afortunadamente, no se confirmaron los rumores respecto a una moción para relajar los requisitos requeridos por la Constitución a los postulantes a GM:. y Vice G:.M:."
Pocas horas despues, se nos comunica que a poco de iniciarse la Gr:. Asam:., representantes de 22 Logias presentan una Moción de Orden cuyo único objetivo es dejar sin efecto el artículo 65 de nuestra Constitución.
Podrán vestirlo o presentarlo del modo que quieran, pero estas 22 Llog:. lo único que están buscando es permitir la candidatura de quienes no cuentan con los requisitos constitucionales para hacerlo. ¡Pensar que estas mismas Logias votaron en favor de estos requisitos al aprobar la Constitución hace tan poco tiempo!
Me explico, según la Constitución (art. 65) pueden presentarse como candidatos a la Gran Maestría o Vice Gran Maestría, los PP:.VV:.MM:. o Ex VV:. MM:. que tengan siete años de regularidad activa inmediatos anteriores a la inscripción de su candidatura.
¿Podemos considerar que hay regularidad activa inmediata cuando ésta ha sido interrumpida y luego retomada? Es obvio que no
El término "inmediatos anteriores" fue incorporado al texto constitucional en su reforma justamente para evitar caer en el desorden interpretativo que ahora 22 Log:. nos proponen.
De haberse querido consagrar lo que ahora propone la Moción de Orden hubiera bastado decir que pueden ser candidatos "los Past o Ex VV:.MM:. que sumen cuando menos siete años de actividad regular como M:.M:."
Lamentablemente, esta propuesta no se reduce a un ejercicio teórico de interpretación normativa, sino que se traduce en intereses particulares –
¡MASONES! ¿No nos hemos Inic:. acaso para trabajar nuestra propia piedra bruta y librarnos de la ambición personal, de la búsqueda de cargos y prebendas?
Queremos un proceso electoral que sea una fiesta de renovación de autoridades, no una ocasión para profundizar nuestras diferencias. Queremos que nuestro nuevo Gran Maestro asuma el cargo libre de cuestionamientos sobre la idoneidad de su candidatura, que asumiéndolo no tenga que dedicarse a defenderse de acusaciones -procedentes o no- si no a trabajar por el engrandecimiento de nuestra Aug:. Ord:. desde el primer día, queremos que menos aún sienta predisposición a imponer sanciones contra sus ocasionales rivales electorales o sus patrocinadores.
¡MASONES! Elevémonos al plano espiritual y desde allí trabajemos para nuestra Ord:., para nuestros HH:., en favor de la Llog: que recién levantan CCol:. o que se despiertan de un periodo de sueños, de aquellas que están recuperando su Templos o construyéndolos. Tenemos mucho de que estar orgullosos, no nos manchemos.
A las LLog:. firmantes de la Moción de Orden les pido recapaciten y la retiren -o retiren su firma-, que felizmente no la han hecho irrevocable!!!
A los PP:.GG:.MM:. y al G:.M:. les pido una cerrada defensa de nuestra Constitución!!!
Recibid un fraternal saludo,
Carlos D. Hamann, V:.M:.
R:.L:.S:. Enrique Meiggs No. 34