LA HABANA, Cuba, 8 de junio, (Gustavo Pardo Valdés, www.cubanet.org). Aproximadamente a las 10:00 AM del sábado 5 de junio dio inicio el juicio del ex Gran Maestro Sr. José Manuel Collera Vento, en el local de la Corte Suprema de Justicia Masónica, ubicado en el piso 10 del edificio del Gran Templo Nacional Masónico.
Este proceso fue incoado en la Sala #1 de la Corte, cuyo presidente es el Sr. Fernando Jesús Medero Acevedo; actuó como secretario el Sr. Mario Alberto Urquìa Carreño, quien tenía sobre su mesa, como libros de consulta, la Enciclopedia Masónica, de Frau Abrines; y el Consultor del Masón, de Aurelio Almeida.
Collera Vento presentó su defensa en un extenso alegato mediante el cual, mezclando aspectos históricos, doctrinales y jurídicos de la masonería cubana de los últimos cincuenta años, pretendió demostrar que los mismos eran la base a su actuación con respecto la situación de los masones cubanos radicados en el exterior, a quienes se les considera como Irregulares. Terminó su discurso afirmando la improcedencia del Decreto 890 emitido por el Gran Maestro en su contra.
Cuando se trató del caso de su participación en la fundación de las logias masónicas femeninas en La Habana y Pinar del Rio, Collera aceptó que así fue, afirmando que él se consideraba como el padre de la Masonería Femenina en Cuba. En su defensa arguyó la improcedencia y caducidad de los Antiguos Límites que sirven de base a la Masonería Regular Universal.
Por su parte, el representante del Gran Maestro, Sr. Lázaro González Valdés, Gran Tesorero de la Gran Logia de Cuba, realizó una exposición jurídico-doctrina,l basada en las fuentes del Derecho Masónico, citando a autores entre los que se pueden citar a Aurelio Almeida González, Aurelio Miranda Álvarez y Carlos Betancourt, que son considerados como referencia obligada para el estudio de la Jurisprudencia Masónica en Español.
Siendo aproximadamente la una de la tarde, el presidente del Tribunal declaró terminada la vista, quedando el juicio pendiente para sentencia.
Un signo revelador de la escasa trascendencia de este proceso, lo es el hecho de que en la Provincia Ciudad habana radican más de 11 000 masones, y menos de 80 de ellos acudieron a presenciar este juicio.
Criterios recogidos entre los participantes, consideran que Collera Vento cometió los delitos de perjurio y de traición a los principios que defiende la Gran Logia de Cuba, expresando su deseo de que el mismo sea expulsado de la Institución.
El tribunal tiene cinco días hábiles para emitir su fallo. En caso de que el éste sea de expulsión, al acusado se le garantiza de oficio la celebración de un juicio de apelación.
A Collera Vento se le atribuye la mayor parte de las dificultades por las que actualmente atraviesa la Fraternidad masónica cubana.
Este proceso fue incoado en la Sala #1 de la Corte, cuyo presidente es el Sr. Fernando Jesús Medero Acevedo; actuó como secretario el Sr. Mario Alberto Urquìa Carreño, quien tenía sobre su mesa, como libros de consulta, la Enciclopedia Masónica, de Frau Abrines; y el Consultor del Masón, de Aurelio Almeida.
Collera Vento presentó su defensa en un extenso alegato mediante el cual, mezclando aspectos históricos, doctrinales y jurídicos de la masonería cubana de los últimos cincuenta años, pretendió demostrar que los mismos eran la base a su actuación con respecto la situación de los masones cubanos radicados en el exterior, a quienes se les considera como Irregulares. Terminó su discurso afirmando la improcedencia del Decreto 890 emitido por el Gran Maestro en su contra.
Cuando se trató del caso de su participación en la fundación de las logias masónicas femeninas en La Habana y Pinar del Rio, Collera aceptó que así fue, afirmando que él se consideraba como el padre de la Masonería Femenina en Cuba. En su defensa arguyó la improcedencia y caducidad de los Antiguos Límites que sirven de base a la Masonería Regular Universal.
Por su parte, el representante del Gran Maestro, Sr. Lázaro González Valdés, Gran Tesorero de la Gran Logia de Cuba, realizó una exposición jurídico-doctrina,l basada en las fuentes del Derecho Masónico, citando a autores entre los que se pueden citar a Aurelio Almeida González, Aurelio Miranda Álvarez y Carlos Betancourt, que son considerados como referencia obligada para el estudio de la Jurisprudencia Masónica en Español.
Siendo aproximadamente la una de la tarde, el presidente del Tribunal declaró terminada la vista, quedando el juicio pendiente para sentencia.
Un signo revelador de la escasa trascendencia de este proceso, lo es el hecho de que en la Provincia Ciudad habana radican más de 11 000 masones, y menos de 80 de ellos acudieron a presenciar este juicio.
Criterios recogidos entre los participantes, consideran que Collera Vento cometió los delitos de perjurio y de traición a los principios que defiende la Gran Logia de Cuba, expresando su deseo de que el mismo sea expulsado de la Institución.
El tribunal tiene cinco días hábiles para emitir su fallo. En caso de que el éste sea de expulsión, al acusado se le garantiza de oficio la celebración de un juicio de apelación.
A Collera Vento se le atribuye la mayor parte de las dificultades por las que actualmente atraviesa la Fraternidad masónica cubana.