Regularidad masónica
Este es un tema controversial dentro de la masonería. Sin embargo existen normas para considerar a alguien como masón regular.
Las Grandes Logias Regulares del mundo han aceptado una Regla de Doce Puntos cuyo cumplimiento es exigido por todas ellas para obtener el reconocimiento como Obediencia regular.
Igualmente las Grandes Potencias Masónicas del Universo coinciden al definir sus Principios en que la Francmasonería tiene por objeto el desarrollo de la solidaridad humana, el mejoramiento espiritual, intelectual y moral de sus miembros y la formación de una conciencia universal de fraternidad entre los hombres. Persigue el conocimiento de la Verdad; sostiene la Justicia como única norma que regula la conducta de los hombres y proclama la Libertad y la Igualdad, como derechos substanciales del ser humano; coinciden igualmente en que la condición de Masón no se pierda jamás, basándose para ello en que la Iniciación es un proceso interior del individuo, el cual, asistido por sus Hermanos y con la Gracia del Gran Arquitecto del Universo, "ha visto la Verdadera Luz".
Por consiguiente, son MASONES REGULARES los que han visto la Luz Iniciática dentro de las condiciones señaladas por los Antiguos Linderos, vale decir:
- En una Logia presidida por un Venerable Maestro y dos Vigilantes.
- En una Logia que trabaje a cubierto en un Templo debidamente consagrado.
- Que cree en la existencia de un Ser Supremo, fuerza reguladora como el Gran Arquitecto del Universo.
- Que en su Iniciación, al obligarse en la Francmasonería, ha prestado sus promesas en el Ara o Altar de los Juramentos ante las tres Grandes Luces de la Francmasonería; a saber: el Volumen de la Ley, la Escuadra y el Compás.
- Que un quórum de siete o más Hermanos lo han asistido y acompañado en su solemne Iniciación.
Los masones regulares son Activos, cuando concurren a su Logia en forma asidua y se mantienen a plomo con el Tesorero.
Por consiguiente, han de considerarse "Irregulares" solamente a aquellos que hubieren obtenido los secretos de la Iniciación prescindiendo de cualquiera de las condiciones enumeradas en los inicios antes mencionados o que por sus actos reñidos con la ley, la moral y la fraternidad han sido "irradiados" de la Orden por sentencia ejecutoria de los Tribunales de Justicia Masónica competentes, habiendo previamente ejercido sus derechos básicos de legítima defensa.
La Regularidad de las Logias es dada por la Carta de Patente expedida por una Gran Logia y la Regularidad de las Grandes Logias por el reconocimiento que le brinden otras Grandes Potencias Masónicas.
Para formar una Logia Regular, siete o mas Maestros Masones habrán de solicitar a una Gran Logia la expedición de su Carta de Patente, sometiéndose" tácitamente a la Constitución, Estatutos, Acuerdos, Decretos y Resoluciones de la Gran Logia a la cual solicitan federarse.
Por consiguiente, en salvaguarda de las genuinas fuentes del Derecho Masónico las Logias y Grandes Logias así constituidas merecen el reconocimiento, el respeto y el apoyo de todos los Masones, Logias y Grandes Logias del Universo.
El contraste que tiende a desaparecer por anacrónico, ilegal, anti fraternal y retrogrado es el de las Grandes Logias que se tildan de poseedoras del "monopolio de la fraternidad" arguyendo como tesis el concepto que nos dará tema para nuestra próxima Carta Fraternal, en la cual demostraremos la total invalidez de tal concepto, pues las Grandes Logias ejercen "Jurisdicción Funcional" sobre las Logias de su obediencia, siendo la "Jurisdicción Territorial" atributo irrenunciable y no compartible del Estado que nos cobija.
Debemos de concretar la expresión de nuestras convicciones sobre el concepto de "Regularidad" diciendo que la mala interpretación de este término ha producido las separaciones y abismos que hoy lastiman e invalidan el ideal de la Confraternidad Universal tanto a nivel masónico nacional como en muchas otras latitudes, siendo lo común hoy en día la existencia en muchos países de dos o más Grandes Logias, que con muy raras y honrosas excepciones, viven tildándose las unas a las otras de "irregulares", "invasores de territorio", "bastardas", "espurias", etc.
Para vencer esta estela de anti fraternidad que lastima las mismas bases y postulados de la Orden, estos estigmas que tienen diversos orígenes, ya sea por sistemáticas discriminaciones, por razones de carácter étnico, filosófico, de infiltración política, profana, ambiciones personales, de quebranto de sus propias leyes, de lenguaje, de ritos, etc. habrá que dar un primer paso hacia el entendimiento que nos lleve a corto o largo plazo hacia la unidad de pensamiento y con ello a la unidad de acción y por ende se habrá logrado el ideal Unificador; mientras tanto a mi entender ese primer paso propio de los Hombres Libres, de los amplios de criterio, de los puros de corazón, ha de ser el mutuo reconocimiento de los derechos que asisten a las partes discordes y dentro de ese ambiente de respeto nacerá el dialogo y el dialogo franco y sincero, a no dudarlo, nos llevara a la meta que se supone todos anhelamos.
En conclusión, para cualquier masón que entienda y viva el Arte Real, lo único que caracteriza y confiere la calidad de masón a un profano es su iniciación a la Masonería con arreglo a las tradiciones, leyes, usos, costumbres y ritos de la Masonería, y su posterior acatamiento y cumplimiento del conjunto de esas normas. En su consecuencia, lo que convierte a una asociación, federación o confederación de logias en una Obediencia Masónica Regular, sea Gran Logia o Gran Oriente, es el respeto y fidelidad a esas mismas tradiciones, leyes usos y costumbres, tanto en el proceso de su constitución como en su posterior hacer cotidiano, sin que influya para nada en su condición el reconocimiento o la falta de reconocimiento que reciba de otras Obediencias.