¡VOLVIMOS!
Visitenos en nuestra nueva dirección web
FENIX-news Desde 1992

La generación perdida

Hermanos Míos:

Me inicié hace veinticuatro años en la Fun:. Cau:. Her:. Lea:. Cen:. Ben:. Aug:. Esc:. R:. L:. S:. Constancia y Concordia Nº 11, fundada en el Vall:. de Tacna un 16 de noviembre de 1862, que por su rica historia y prosapia es una de las logias más señeras y joya de la francmasonería peruana; mi Madre Logia ha cumplido el pasado lunes 16 de noviembre, ciento cuarenta y siete años de fundación, y ese aniversario la encuentra ya no cautiva sino secuestrada por una generación de profanos con mandil que con sus actos, vienen demostrado que no se ha concretado en ellos el misterio maravilloso de la iniciación, que no han experimentado la muerte iniciatica ni realizado su segundo nacimiento al mundo espiritual, y por lo tanto su filiación masónica es extremadamente discutible, opinión que se confirma con la permanente y cruda manifestación de su naturaleza profana.

La manifestación más horrenda de su naturaleza profana, es la evidencia del “acuerdo” que vienen cumpliendo los sucesivos VV:. MM:. desde el año 1994 de, disponer ilegalmente de los fondos generados por el alquiler del terreno propiedad de la Logia, traicionando el encargo de nuestros patriarcas que nos legaron el inmueble, para construir el templo para la logia. En la R:. L:. S:. Constancia y Concordia No. 11, solo se puede ser V:. M:. si se entra a la repartija o guardas un "fraternal" silencio.

El 26 de septiembre de 2005 presente la denuncia ante la Gran Comisión de Justicia, instaurándose el proceso penal masónico Nº 12-2005; en el transcurso del proceso solicité hasta en tres oportunidades, que se realice una pericia contable para establecer con exactitud, el monto total sustraído desde el año 1994, y la responsabilidad individual de cada uno de los VV:. MM:. hasta el 2006:


Transcurrido dieciocho meses desde mi denuncia, el 06 de marzo de 2007, la Gran Comisión de Justicia presidida por el R:. H:. Juan Valdivieso Cabada, emitió sentencia ¡absolviendo a los acusados!; presente recurso de apelación, la Gran Asamblea aprobó mi pedido, nombró el Tribunal Supremo encargado de revisar el proceso, y... el Exp. Nº 12-2005 conteniendo todos los actuados... “se extravío”, precisamente para evitar que dicha sentencia se revise pues saben perfectamente, que no resistiría un examen serio y apegado a derecho.

Hasta la fecha el proceso penal está inconcluso, y todos los VV:. MM:. involucrados gozan de una oprobiosa impunidad, incluido por supuesto el H:. Víctor Ravines, quien hasta la fecha no rinde cuentas de los US $37,836.16, que recaudó como V:. M:. los años 2002 y 2003.

Todos los martes desde abril de 2006, hasta el martes 16 de enero de 2007, acudía a la Gran Comisión de Justicia a revisar el Exp. 12-2005; por eso pude de inmediato darme cuenta que en la sentencia, hacen mención de una serie de diligencias y actuaciones de pruebas que no estaban hasta el 16 de enero de 2007; ese solo hecho vicia de nulidad la sentencia, pero lo mas graves es:

Considerando Décimo Noveno: Numeral 5. Diligencia mediante la cual la Gran Comisión Justicia verifica en los mismos bancos emisores de los valores en cuestión (certificados falsos), con peritos en representación de a Gran Comisión de Justicia, con resultados ratificatorios de los mismos bancos de la validez de los documentos.

A diferencia de las diligencias y actuaciones que me fueron ocultadas, esta diligencia no existe en el Exp. Nº 12-2005; ello configura el delito de falsedad genérica, tipificado en el Art. 438 del Código Penal, reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años.

En su “comunicado”, apoyando al H:. Victor Ravines mencionan que el monto del alquiler del terreno es de US $500 mensuales y no US $1,000; esto me hace recordar eso de que “la mentira tiene patas cortas”, y para probar lo acertado del dicho les adjunto la trascripción de la versión grabada de las PPl:. de fecha 5 de junio de 2006, y de 6 de julio de 2006, mediante las cuales los acusados absuelven la denuncia, tomen nota que se tomaron 30 días para ello y en ninguna de las dos comunicaciones mencionan monto del alquiler ni identifican a los arrendatarios. Es más en los dieciocho meses que duro el proceso, nunca presentaron el contrato original del alquiler del terreno, que permita conocer esos dos datos.

La segunda semana de julio de 2005, llevé al R:. H:. José Pérez Boyer a visitar el terreno que esta alquilado a una asociación de comerciantes, como parte del encargo que le había dado el MRH G:. M:. Tomás Álvarez, de verificar la certeza de la denuncia que inicialmente puse en sus manos; lo guié hasta uno de los dirigentes, y entre otros datos el más relevante fue cuando éste le dijo al R:. H:. Pérez Boyer... “en los últimos cinco años hemos pagado US $50,000”.

¿Cómo dar crédito a lo señalado por los denunciados en el considerando Décimo Tercero de la sentencia, de que del 1º de enero de 1999 al 30 de junio de 2006, el fondo “existente” es de US $32,976.72?

Así podríamos seguir encontrando flagrantes falsedades; la generación perdida para la francmasonería, donde el perfil más visible es el del H:. Víctor Ravines, quien hasta la fecha no rinde cuentas de los US $37,836.16, que recaudó como V:. M:. los años 2002 y 2003, creen que así como mantienen secuestrada a la R:. L:. S:. Constancia y Concordia, podrían hacer lo mismo con la Gran Logia del Perú.

Estamos notificados Hermanos Míos, ya conocemos al enemigo.

Un T:. A:. F:.

V:. A:. H:.

Manuel Abraham Ortiz Mondragón
M:. M:.
R:. L:. S:. Constancia y Concordia Nº 11
MODERADOR LISTA ADHOC-PERU

Los explicado por el H:. Manuel Ortiz esta debidamente documentado qie quiera seguir este caso puede hacerlo por medio de su correo electronico mortizmon@yahoo.com

COMICs