Se denomina blasfemia a las expresiones injuriosas contra las divinidades, las personas o las cosas consideradas sagradas por parte de determinadas colectividades religiosas, y constituye un delito en países con sistemas de gobierno teocrático, confesional, o en los que llamándose laicos, la laicidad es solo de nombre o está menoscabada debido a la tradicional y actual intromisión de las iglesias en política.
En este caso, las injurias, es decir los agravios u ofensas que afectan a la honra o a la fama de las personas, se hacen extensivas a quienes para unos, basados en sus creencias, son sujetos reales, o lo fueron pero fallecieron hace mucho, e incluso a cosas (como pinturas o estatuillas de dioses, vírgenes, santos, etc.) a las que reverencian como santas, pero que para otros, basados en la ausencia de evidencias científicas, o en opiniones o convicciones distintas, o en falta de creencias, constituyen personajes imaginarios, históricos o mitológicos, obras de arte o simples objetos.
La legislación tiene como referente la realidad, por lo cual, por más respetables que sean, no puede proteger como sujetos de derechos a quienes no existan actualmente como personas, ni otorgar derechos propios de las personas a las cosas; y como sus normas tienen carácter general y se sustentan en la garantía de derechos superiores como la libertad de conciencia, no puede imponer a toda la sociedad las creencias particulares de una parte de ella, aunque ésta sea mayoritaria, so pena de incursionar en terrenos del totalitarismo.
Son la moral, la ética, la educación, las buenas costumbres, las que determinan el respeto que se merecen y deberíamos tener hacia todas las personas y todas las ideas. Pero esto de ninguna manera significa renunciar al sentido crítico y a las libertades de pensamiento y de expresión sobre cualquier asunto, incluida la temática religiosa, sobre la cual cualquier opinión crítica o contraria no puede considerarse blasfemia si quien la expresa no asigna el carácter de sagrados a los personajes o cosas a las que se refiere, y mucho menos considerarse delito el ejercicio de sus libertades de pensamiento y de expresión.
Sin embargo, el pensamiento y actitudes fundamentalistas de muchos líderes y seguidores religiosos, incluso cuando actúan en funciones públicas, ha hecho que en pleno siglo XXI se defienda a ultranza y se utilicen activamente normas jurídicas que consideran como delito de blasfemia casi cualquier opinión referente a sus creencias que nos les guste y por las que muy susceptiblemente se sienten ofendidos, lo cual constituye una violación a los más elementales derechos humanos.
Como algunos casos graves de este atentado a las libertades de pensamiento y expresión se han dado en Europa y el marco jurídico pro delito de blasfemia subsiste y se afianza, la Asociación Internacional del Libre Pensamiento (AILP), y otras 55 asociaciones laicas, han emprendido acciones al respecto, algunas de las cuales se reseñan en el documento adjunto, que ha tenido la gentileza de enviarme Antonio Vergara, vocero de esta Asociación Internacional, documento que recomiendo lo lean pues en el actual mundo globalizado también está globalizado el fundamentalismo y tiende a estarlo su enfrentamiento en defensa de los derechos humanos, por lo que conviene informarnos de lo que sucede al respecto en cualquier lugar del planeta.


